Riesgo durante el embarazo y la lactancia natural
La maternidad es una de las etapas más importantes en la vida de muchas mujeres. Y es que tomar la decisión de ampliar la familia va a condicionar para siempre tu futuro. Con la llegada de un nuevo miembro al hogar, el orden de prioridades cambia. Ahora, lo fundamental es el bienestar del recién nacido. Desde IATI queremos apoyarte en este emocionante reto y para ello hemos creado seguros de vida adaptados a las necesidades de vuestra familia, porque la mejor tranquilidad es la de contar con la protección adecuada.
Una de las posibles situaciones a las que quizá te enfrentes en esta etapa es la del riesgo durante el embarazo o la lactancia natural. Si quieres saber en qué consisten estos supuestos y si tienes derecho a percibir la prestación asociada, sigue leyendo y resuelve tus dudas.
Prestación por riesgo durante el embarazo
La prestación por riesgo durante el embarazo es una ayuda de la Seguridad Social destinada a proteger a las mujeres embarazadas que desempeñan una actividad laboral que puede poner en peligro su salud o la del feto. Aunque la primera opción en este caso sería intentar cambiar de puesto dentro de la empresa, en ocasiones este cambio no es posible. Es entonces cuando se puede solicitar la prestación, tanto si trabajas por cuenta ajena como por cuenta propia.
Es importante señalar la diferencia entre ‘riesgo durante el embarazo’ y ‘embarazo de riesgo’. En el primer caso, podrías desempeñar otro puesto en la empresa, ya que la incompatibilidad con el trabajo se basa en las condiciones laborales. En el embarazo de riesgo, por el contrario, la mujer presenta alguna complicación médica que le impide trabajar, sea cual sea su actividad laboral. En este último caso, la trabajadora debe solicitar una prestación por incapacidad temporal.
Para beneficiarte de la prestación por riesgo durante el embarazo, el único requisito que debes cumplir es estar afiliada y en alta en alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social. No se requiere periodo mínimo de cotización. Aunque lo que sí debes es acreditar el riesgo y que no es posible cambiar de puesto de trabajo en la compañía.
¿Cómo acreditas el riesgo? Lo primero es solicitar un informe a tu médico de cabecera, en el que conste que estás embarazada y la fecha probable de parto. Con ese informe y un certificado de la empresa sobre la actividad que desarrollas y las condiciones concretas del puesto de trabajo, debes solicitar al Instituto Nacional de la Seguridad Social o a la mútua colaboradora la certificación médica sobre la existencia de riesgo durante el embarazo. En caso de quedar certificado el riesgo y no ser posible el cambio del puesto de trabajo, la empresa te declarará en situación de suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo. De esta forma, podrás cobrar la prestación hasta que des a luz, momento en el cual tendrás derecho a la prestación por maternidad.
Respecto a la cuantía a percibir, en general el subsidio equivale al 100% de la base reguladora por contingencias profesionales. De esta cuantía se deducirán las cotizaciones a la Seguridad Social, desempleo y formación profesional, así como las retenciones por IRPF.
Prestación por riesgo durante la lactancia natural
Puede que una vez finalicen las 16 semanas de permiso por maternidad y debas incorporarte a la empresa, tu actividad laboral comporte un riesgo para la lactancia natural de tu hijo menor de 9 meses, por ejemplo ante un posible riesgo de toxicidad de la leche materna. El procedimiento es similar al del riesgo durante el embarazo. El primer paso es pedir un cambio a otro puesto de trabajo y, si no es posible, podrás solicitar la prestación por riesgo durante la lactancia natural.
Tienes derecho a percibir esta prestación si estás afiliada y en situación de alta en alguno de los regímenes de la Seguridad Social, y no necesitas periodo mínimo de cotización. Tendrás que demostrar que no has podido cambiar de puesto y que tu actividad laboral representa un riesgo para tu salud o la de tu bebé.
El reconocimiento del derecho al subsidio corresponde a la entidad gestora o a la mutua colaboradora con la Seguridad Social de la empresa. Deberás solicitar a tu médico de cabecera un informe en que se acredite la situación de lactancia natural. Con este informe y un certificado de la empresa en que conste la actividad que realizas y las condiciones del puesto puedes solicitar la emisión de la certificación médica sobre la existencia de riesgo durante la lactancia, ya sea ante la entidad gestora o la mutua colaboradora.
Una vez se ha certificado el riesgo, y siempre que no haya sido posible el cambio del puesto de trabajo, la empresa te declarará en situación de suspensión del contrato por riesgo durante la lactancia. Para que sea reconocido el subsidio, deberás presentar la solicitud dirigida a la entidad gestora de la Seguridad Social o ante mutua colaboradora que corresponda.
También en este caso la cuantía a percibir equivale al 100 % de la base reguladora por incapacidad temporal por contingencias profesionales. Recibirás la prestación como máximo hasta que tu bebé cumpla los 9 meses.
Protección ante los riesgos durante el embarazo y la lactancia
Evitar los riesgos que comporta tu actividad laboral para tu hijo tanto antes como después del parto es fundamental para garantizar su seguridad. En estos casos es recomendable, además, contar con la protección que te ofrecen los seguros de vida IATI, productos pensados para proteger lo que más importa en la etapa más delicada de vuestras vidas. Contacta con IATI y te asesoraremos sobre el seguro de vida barato que más te conviene en tu situación.
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