Prestación por nacimiento y cuidado del menor
¿Estás a punto de tener un bebé? Sin duda, te encuentras ante uno de los momentos más emocionantes de tu vida. Comienza una nueva etapa, en la que además de experimentar un mundo de sensaciones por la llegada del recién nacido también es normal que te preocupen cuestiones como su salud y bienestar. Para tenerlo todo bien atado, es conveniente que sepas de antemano qué prestaciones y ayudas tienes a tu alcance y que te van a permitir suplir la falta de ingresos durante los meses de baja por maternidad y de baja por paternidad. En esta ocasión, desde IATI, tu especialista en seguros de vida, te contamos todo lo que necesitas saber sobre la prestación por nacimiento y cuidado del menor, una nueva prestación que desde abril de 2019 substituye a la prestación por maternidad y a la prestación por paternidad y equipara los derechos de las personas trabajadoras.
Prestación por nacimiento y cuidado del menor: beneficiarios
Puedes beneficiarte de la prestación por nacimiento y cuidado del menor tanto si esperas un hijo biológico como si se trata de una adopción, así como en caso de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar. Para disfrutar de la ayuda debes estar trabajando, ya sea por cuenta ajena o propia, y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social, estar disfrutando los periodos de descanso por nacimiento y cuidado del menor y acreditar los mínimos de cotización exigibles en cada caso, que no serán necesarios en caso de hijo biológico.
Requisitos de cotización en la prestación por nacimiento y cuidado del menor
Los mínimos de cotización que debes tener cubiertos varían en función de la edad que tengas en la fecha del parto o en la fecha de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que se constituye la adopción:
- Si tienes menos de 21 años, no se exige período mínimo de cotización.
- Si tienes entre 21 y 26 años, debes acreditar 90 días de cotización dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al momento del inicio del descanso o, alternativamente, 180 días cotizados a lo largo de su vida laboral con anterioridad a dicha fecha.
- Si tienes más de 26 años, debes acreditar 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al momento del inicio del descanso o, alternativamente, 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral con anterioridad a dicha fecha.
Además, deberás estar al corriente en el pago de las cuotas que te correspondan como persona trabajadora, aunque trabajes por cuenta ajena.
Prestación por nacimiento y cuidado del menor: cuánto se cobra
La prestación económica por nacimiento y cuidado de menor consistirá en una paga equivalente al 100% de la base reguladora que es equivalente a la de incapacidad temporal, derivada de contingencias comunes.
En caso de parto, tendrás derecho a la prestación a partir del mismo día en que dé comienzo el período de descanso correspondiente, que puede ser desde el mismo día de la fecha de parto o anterior. Recuerda que como madre biológica, puedes anticipar el descanso con una anterioridad de 4 semanas a la fecha prevista de parto, fecha que vendrá fijada en el informe de maternidad del Servicio Público de Salud. Si te encuentras en situación de incapacidad laboral, el inicio del descanso y del consiguiente subsidio será la misma fecha del parto.
En caso de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, cobrarás la ayuda a partir de la fecha de la resolución judicial por la que se constituye la adopción o de la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o de acogimiento. Si se trata de una adopción internacional y necesitas desplazarte al país de origen de tu hijo con anterioridad, puedes empezar a cobrar la prestación hasta 4 semanas antes de la resolución por la que se constituya la adopción.
Cómo se tramita la prestación por nacimiento y cuidado del menor
Puedes tramitar la prestación por nacimiento y cuidado del menor en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), con carácter general o en el Instituto Social de la Marina (ISM), si te encuentras en el campo de aplicación del Régimen Especial del Mar.
Nacimiento y cuidado del menor: la mejor protección, el seguro de vida
La prestación por nacimiento y cuidado del menor va a ayudarte económicamente durante los meses en que disfrutes de la baja por maternidad o paternidad, aunque no siempre es suficiente, especialmente si eres madre soltera. Para comenzar con buen pie esta nueva etapa, es recomendable contar con la protección que te brinda un buen seguro de vida IATI, como el IATI Vida Singles, desde 2,40 euros al mes, o el IATI Vida Familiar e Hipotecas, desde 8,70 euros al mes. Seguros baratos con contratación 100 % on line, sin pruebas médicas ni trámites innecesarios. Calcula ahora la cuota de tu seguro de vida on line y protege a tu familia desde el primer día.
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