Coronavirus: la cuarentena por posible contagio por el COVID-19 se considera incapacidad temporal
La llegada de los primeros casos de coronavirus a España hace unas semanas ha hecho saltar todas las alarmas. Ante una posible epidemia que ya parece inevitable, las autoridades sanitarias han tomado las primeras medidas preventivas, como el aislamiento domiciliario de las personas que han estado en contacto directo con los pacientes afectados por el virus en comunidades como Madrid, el País Vasco, La Rioja y Cataluña, hasta determinar si efectivamente han contraído o no la enfermedad. También se cierran centros educativos, se prohíben acontecimientos masivos y los vuelos directos a Italia y se cancelan los viajes sociales del IMSERSO, entre otras medidas que tratan de frenar el avance del coronavirus.
La situación de cuarentena preventiva por el coronavirus es la que más a afectar a los trabajadores del país, una circunstancia que plantea una serie de cuestiones en materia de legislación laboral. Y es que en realidad estos trabajadores aislados no podrían acogerse a una baja por enfermedad o accidente, porque en realidad no se encuentran en ninguno de estos supuestos, y no estarían cubiertos durante este lapso de tiempo por las prestaciones de la Seguridad Social por baja laboral. Una situación de indefensión que se agrava, además, ante la posibilidad de una eventual pérdida del puesto de trabajo, ya que durante la cuarentena no estarían acudiendo al centro de trabajo, lo que según el Estatuto de los Trabajadores podría ser causa de despido laboral.
Para evitar que estas personas se vean perjudicadas en sus derechos por el limbo legal existente, el Gobierno ha aprobado un decreto por el que asimilan estos casos a la Incapacidad Temporal por Accidente de Trabajo. Se trata de una medida similar a la publicada en 2009 para los afectados por cuarentenas durante la epidemia de gripe A y que garantiza a los trabajadores en esta situación proteger su puesto de trabajo y cobrar la baja laboral. Desde IATI, tu especialista en seguros de vida, te contamos en qué consiste esta medida y cuáles son los requisitos que debes cumplir para acogerte a la incapacidad temporal en caso de ser uno de los afectados por el coronavirus.
Cobrar la baja laboral en caso de aislamiento preventivo por coronavirus
El decreto publicado por la Seguridad Social establece que tanto las personas que se encuentran en aislamiento preventivo como aquellas que han contagiado el virus estén consideradas en situación de incapacidad temporal por accidente de trabajo.
Así, en caso de estar obligado a una cuarentena por coronavirus, que en este momento es de 15 días, como trabajador o trabajadora tendrás derecho a acogerte a la baja por incapacidad temporal por contingencias comunes y a recibir las prestaciones que te correspondan en función de tu convenio laboral. Por norma general, y a no ser que tu convenio establezca lo contrario, los tres primeros días de baja laboral no se percibe ninguna cantidad. Es a partir del cuarto día, y hasta el vigésimo, que se recibe el 60 % de la base reguladora. Sin embargo, según el decreto aprobado por el Gobierno, se mejora de la prestación tanto para las personas aisladas como infectadas por el coronavirus, ya que pasan a percibir desde el día siguiente al de la baja laboral, el 75% de la base reguladora, con cargo a la Administración. A los 15 días ya deberías estar de vuelta al trabajo, a no ser que se confirme el contagio y que debas tomar otras medidas hasta la curación.
Por otra parte, es importante saber que la Seguridad Social ha establecido el carácter retroactivo de estas medidas, por lo que las personas que ya se encuentran en aislamiento preventivo por coronavirus podrán beneficiarse de la norma.
Requisitos para acogerse a la incapacidad temporal
La prestación por incapacidad temporal por coronavirus te va a cubrir parte de los ingresos que dejarás de percibir en caso de verte afectado por el virus, pero para ello debes cumplir con los requisitos de la incapacidad temporal. La primera condición para beneficiarte es estar incluido en cualquier régimen de la Seguridad Social o ser trabajador del régimen especial de trabajadores autónomos (RETA), incluidos en el sistema especial de trabajadores agrarios que hayan optado por incluir esta prestación.
Además, debes estar afiliado y en alta o situación asimilada al alta mientras recibes asistencia sanitaria de la Seguridad Social y te sea imposible ir al trabajo. En cuanto al período de cotización necesario, debes haber cotizado 180 días dentro de los 5 años anteriores a la cuarentena.
Para estar tranquilo ante lo que pueda pasar, recuerda que los seguros de vida IATI te cubren a ti y a tu familia ante cualquier eventualidad. Podrás contratar las coberturas que necesites al mejor precio, 100 % on line, sin pruebas médicas ni trámites innecesarios.
Comments (236)
Yo tengo un problema de corazón y soy de alto riesgo puedo acogerme s esta baja o tengo que estar infectado
Hola José Vicente. Como indicamos en el artículo, el decreto publicado por la Seguridad Social establece que tanto las personas que se encuentran en aislamiento preventivo como aquellas que han contagiado el virus estén consideradas en situación de incapacidad temporal por accidente de trabajo. Saludos.
Si, pero cuanto tiempo maximo pueden estar de baja las personas con patologías previas que se suelen por prevencion? 15 días verdad?
Hola, Jesús. En el caso de estar obligado a una cuarentena por coronavirus, el tiempo establecido es de 15 días. Puedes solicitar más información en los teléfonos de información sobre coronavirus del Ministerio de Sanidad. Saludos.
Hola yo estuve con sintomas del covi 19 el día 04/04 me mandaron a aislarme x 15 días pero el día 10/04 no podía respirar y me ingresaron en el hospital x positivo al cobi 19 me dieron el alta el día 23/04 y la doctora de cabecera me dijo q tengo q seguir aislada no se x cuanto tiempo mi consulta es cuánto tengo derecho a percibir de salario muchas gracias por su atención
Hola, Ana Maria. Tanto los periodos de aislamiento como de contagio de la enfermedad se consideran situaciones asimiladas a accidente de trabajo. La prestación económica está asimilada a la contingencia profesional. Por tanto, será de un 75% de la base reguladora, y el periodo para el pago empieza a contar a partir del día siguiente a la fecha de la baja. Saludos.
Tuve contacto estrecho con un cocido 19 fue la SEREMI a mi empresa y me mandaron a cuarentena y nunca nadie me fue visitar ni me hicieron el examen y en la empresa me descontaron al tiro los días ahy que hago
Hola, Silvia. Puedes consultar los servicios jurídicos-laborales que la administración haya puesto a disposición de la ciudadanía. Saludos
Me dio coronavirus me incapacite Mi empresa me dieron solo 15 días de incapacidad y en el seguro me dijeron que ya no me hiban a dar incapacidad me hicieron otro examen en el IMSS y salí positivo pero ya no me quieren dar incapacidades bu mi empresa no me quiere emplear hasta que de negativo que puedo hacer
Hola, Jose Luis.Te animamos a consultar con un asesor laboral por si procede acudir ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) junto con seguir las recomendaciones médicas para lograr restablecerte lo antes posible. Saludos
Hola,este mes a día de hoy no me pagaron la prestación,llevo 9meses de baja, cuál será el problema no contestan correos ni cogen teléfono, gracias
Hola, Adolfo. Sabemos que este mes ha habido retrasos en el pago de algunas prestaciones, debido a la situación generada por la pandemia de la COVID-19. Si todavía no has recibido el pago, no te podemos aconsejar otra cosa que seguir insistiendo para intentar contactar con la Seguridad Social. Puedes probar también a dejar un mensaje en su buzón de consultas. Suerte y saludos.
ami me pasa lo mismo llevo de baja llevo de baja 8 mese y no he cobrado ni marzo ni abril
Hola, Albert. Te recomendamos que consultes las circunstancias concretas de tu caso en tu oficina de la Seguridad Social .Saludos.
Hola yo soy enfermero de urgencias de un hospital de Valencia que estoy confinado por posible covid positivo, aunque di negativo en el Exudado. Tengo que estar 14 días aislado por protocolo. Se considera accidente de trabajo aún dando negativo? Me pagarán el 100% al tratarse de un accidente laboral? Gracias.
Hola, Pedro. Para mayor información CCOO ofrece asesoramiento gratuito para consultas relacionadas con los derechos laborales en la crisis del coronavirus. Puedes contactar con ellos a través del teléfono gratuito 900 301 000 de lunes a viernes de 9 a 19 horas y sábados y domingos de 10:00 a 14:00 horas. También puedes contactar a través del correo electrónico coronavirus@ccoo.es. Saludos.
Buenos dias, soy español residente en holanda. Tengo que ir a españa 7 dias por un caso de fuerza mayor. Debo pasar 14 dias de cuarentena o puedo regresar a Holanda a los 7 dias?.
Gracias
Hola, Julio. El pasado 15 de mayo entraba en vigor la cuarentena obligatoria para los viajeros internacionales que lleguen a España, prorrogándose hasta el 15 de Junio la restricción de viajes no imprescindibles a España desde la Unión Europea y de países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública. Siguiendo la recomendación de la Comisión Europea de extender la restricción temporal adoptada por los miembros del Consejo Europeo el pasado 17 de marzo, junto con las limitaciones de movilidad entraba en vigor la cuarentena que mencionas. Puedes mantenerte informado sobre cualquier modificación al respecto consultando las Noticias del Ministerio del Interior relativas al COVID-19.También puedes formular tu consulta de forma directa empleando los teléfonos de contacto o formulario contenidos en la página de contacto del Ministerio. Saludos.
Hola, mi marido hacía unos días que no se encontraba bien y el domingo por la tarde llamó a emergencias para explicar que le pasaba, le dijeron que fuera de urgencias al Cap que había abierto, allí le dijeron que por los síntomas podría ser Covid19 pero que no tenían test que acudiera al día siguiente a su Cap habitual que lo estarían esperando, el fue y aparte de no dejar que entrara en el centro lo atendieron en la calle, le dijeron que al siguiente día fuera para realizarle un PCR , le preguntaron si había tenido contacto con alguien y le dijo que vive con su mujer, en este caso yo y que estaba trabajando, que trabajo en un laboratorio de prótesis dental, le dijeron que me llamara para decirme que me pusiera en aislamiento y mientras nos hacían la baja a los dos, mi empresa no entiende muy bien que yo esté de baja sin que se nos haya hecho el PCR ¿ Me pueden despedir? ¿ me pueden llamar para decirme o exigirme que coja el alta?¿ pueden tomar alguna represalia? Estoy preocupada ya que últimamente tengo la sensación de que después de 29 años trabajando en esta empresa ya no les intereso y van a por mí. Gracias
Hola, Montserrat. Dado el elevado número de comentarios recibidos, nuestra respuesta a tus cuestiones llegaría en una fecha posterior. Esperamos hayas podido reincorporarte satisfactoriamente. Saludos.
Buenos días soy Viviana me diagnosticaron el pasado Mes positivo y voy a cumplir 5 meses en la empresa y el próximo mes se me cumple el contrato me pueden despedir
Hola, Viviana . Te recomendamos consultar un asesor laboral. CCOO habilitó durante el Estado de Alarma el teléfono gratuito 900 301 000, de lunes a viernes de 9 a 19 horas, y sábados y domingos de 10 a 14 horas; opcionalmente puedes contactar con RUGE y UGT en el teléfono 669 763 172 por whatsapp o telegram. Saludos
En mi casa tengo pacientes con covid 19 y llevamos casi 1 mes en aislamiento y en mi trabajo me pagaron solo el 66 por ciento del sueldo y me parece injusto porque fue por aislamiento preventivo quisiera que me orientarán que debo de hacer y a mi hija también gracias
Hola, Emperatriz. Te recomendamos consultar con un asesor laboral. CCOO habilitó durante el Estado de Alarma el teléfono gratuito 900 301 000, de lunes a viernes de 9 a 19 horas, y sábados y domingos de 10 a 14 horas; opcionalmente puedes contactar con RUGE y UGT en el teléfono 669 763 172 por whatsapp o telegram. Saludos
Hola yo no Trabajabe en dos meses por el confinamiento pero mis jefe me pago dos meses de confinamiento. Tengo yo que trabajar esos dos meses. Para compensar los dos meses que me pago o no.
Hola, Ninon. De haberse tratado de la recuperación del permiso retribuido recuperable tras el estado de alarma podrías hallar más información sobre cuándo se recupera y como se negocia en el enlace anterior. Desde la web del Ministerio de Trabajo y Economía Social puedes consultar los recursos habilitados para consultas sociolaborales. Saludos
Buenos días tengo una pregunta.
Mi marido le han dado la baja , por posible contacto con coronavirus.
Le han dicho q tiene que estar mínimo 14 días de aislamiento.
Está clase de baja ,afecta después a la prestación del paro??
Es decir, te quitan días del paro.
Gracias.
Un Saludo
Hola, Celia. Puedes consultar la información del SEPE (Desempleo) ante el COVID19. Para mayor tranquilidad, te recomendamos que consultes con CCOO en el teléfono gratuito 900 301 000, de lunes a viernes de 9 a 19 horas, y sábados y domingos de 10 a 14 horas; o con RUGE y UGT en el teléfono 669 763 172 por whatsapp o telegram. Saludos.
Buenas estoy de baja por ser persona de riesgo con asma crónico Me han echo la prueba del covi en la empresa y e dado negativo tengo que seguir de baja por riesgo o ya me puedo incorporaralntrabajo.gracias
Hola, José Manuel. La incorporación a su puesto de trabajo de personas especialmente vulnerables frente a la COVID-19 es una de las cuestiones que más dudas está suscitando. De entrada el servicio de prevención de riesgos laborales de tu empresa, o área similar, deberían evaluar el nivel del riesgo de tu puesto de trabajo, tu grado de vulnerabilidad (posibles complicaciones) así como la imposibilidad de adaptar el puesto de trabajo, y emitir el informe correspondiente. En todo caso, los grupos especialmente sensibles frente a la COVID-19 deberían reincorporarse en último lugar, cuando tengan el riesgo controlado, debiendo reflejarse ese criterio en la evaluación de riesgos. Para mayor detalle al respecto, puedes consultar con CCOO en el teléfono gratuito 900 301 000, de lunes a viernes de 9 a 19 horas, y sábados y domingos de 10 a 14 horas; o con RUGE y UGT en el teléfono 669 763 172 por whatsapp o telegram.Saludos.
Buenas….llevo de baja por coronavirus desde el día 15 de abril,hoy en día sigo teniendo síntomas,me preocupa la pérdida de mi empleo…y que estoy contratado por una empresa temporal y hoy me ha llamado un compañero para saber cómo estoy y decirme de que ha vuelto se una baja larga…un trabajador a mi puesto de trabajo…es decir….hace el trabajo que yo hacia,me pueden despedir estando de baja? Y una vez me den el alta lo podrían hacer? Me preocupa muchísimo,gracias por su intención,AAA,en junio o julio haré 1 año en esa empresa,gracias de antemano
Hola, Manuel. Si tu contrato temporal finaliza en unos meses y te comunicaran ahora su finalización, supondría un despido. Éste, podría impugnarse ante la jurisdicción social en un plazo de 20 días laborables, aunque debería esperarse a la finalización del Estado de Alarma para elaborar la demanda e iniciar el proceso. Para mayor información puedes trasaladar tu consulta a CCOO en el teléfono gratuito 900 301 000 o a través del correo electrónico coronavirus@ccoo.es. Saludos.
Hola mi preguntas son las siguientes yo edtoy fija en mi trabajo ahora mismo estoy en erte la semana que viene lo más seguro ed que nos llamen ya para trabajar pero soy persona de alto riesgo y me tendria que dar de baja tendria problemas? Cuando lo tendria que decir yo a la empresa lo cubriria la mutua ?/0 no
Hola, Mari José. La reincorporación al trabajo debe ir pautada por un seguimiento estricto de criterios preventivos en cada centro de trabajo. Debería por tanto adaptarse la evaluación de riesgos laborales, por parte del servicio de prevención propio o ajeno, al nuevo riesgo. Fruto de esta evaluación, los grupos especialmente sensibles frente a la COVID-19 deberían reincorporarse en último lugar, una vez se tenga el riesgo controlado, debiendo reflejarse ese criterio en la evaluación de riesgos. Para mayor detalle al respecto, puedes consultar con CCOO en el teléfono gratuito 900 301 000, de lunes a viernes de 9 a 19 horas, y sábados y domingos de 10 a 14 horas; o con RUGE y UGT en el teléfono 669 763 172 por whatsapp o telegram. Saludos.
Buenas tarde, estoy de baja por persona de riesgo y ahora a partir del lunes se puede ir de Sevilla a cadiz. Puedo viajar? Muchas gracias
Hola, Jose Antonio. Lo lógico es no actuar como si no lo estuvieras, actuando en todo momento de forma prudente, cauta y honesta. Deberías verificar con tu médico si es posible viajar estando de baja bajo tu propia responsabilidad y en el supuesto de que no esté contraindicado en tu caso. Saludos
Buenos dias me pusieron en cuarentena por una gripe q coji hace 2 semanas y mi empresa me a descontado de mi nomina y me andicho q es una enfermedad comun, ¿si te ponen en cuarentena en estado de alarma no se considera como acidente de trabajo?
Hola, Francisco. La cuarentena por contagio por COVID-19 se considera incapacidad temporal, por lo que tendrías derecho a cobrar la baja si este ha sido tu caso. Para informarte de tus derechos, te recomendamos que te informes de tus derechos a través de los sindicatos. La Confederación Sindical de CCOO ha habilitado el teléfono gratuito 900 301 000, disponible de lunes a viernes de 9 a 19 horas y sábados y domingos de 10 a 14 horas, y el correo electrónico coronavirus@ccoo.es. Así mismo, RUGE y UGT atienden consultas laborales en relación a la crisis del coronavirus en el número de whatsapp y telegram 669 763 172. Saludos.
Buenas noches..he estado de baja por covid-19, y en mi nomina no me han abonado como accidente laboral..si no como enfermedad común..que puedo hacer??.. a quien hay que reclamar??
Hola, Conchi. Si has estado de baja por coronavirus, este periodo se considera como incapacidad temporal por enfermedad común, aunque su tratamiento de cara a la prestación económica esté asimilado a la contingencia de accidente de trabajo. Es el Instituto Nacional de la Seguridad Social el que, tras comprobar el diagnóstico a partir de las bajas médicas, convierte la contingencia a Accidente de Trabajo, de cara a que la prestación esté asociada a esta circunstancia. Por lo tanto, deberías contactar con una oficina de la Seguridad Social para exponer tu caso y hacer las correcciones que correspondan, o bien consultar directamente con tu empresa, ya que deberían confeccionar las nóminas como si estuvieras de baja derivada de accidente de trabajo. Saludos.
La baja temporal por patología cuándo finalizarán?
Hola, Maite. Corresponde al Servicio de Salud dar tanto la baja como el alta, por lo tanto, puedes ponerte en contacto con tu centro de salud o bien llamar al teléfono del coronavirus de tu Comunidad Autónoma para mayor información. Saludos.
Hola. Estaba de baja por enfermedad común cuando mi empresa cerró y mando a todos al ERTE. Mi pregunta es: quien debe pagar mi sueldo? Mi empresa, la mutua (antes del cierre se que me pagaba las mutua) , o la seguridad social? Es para saber a quien reclamar, ya que este mes no he cobrado aún. Muchas gracias.
Hola, Lola. Te recomendamos que consultes con CCOO en el teléfono gratuito 900 301 000, de lunes a viernes de 9 a 19 horas, y sábados y domingos de 10 a 14 horas; o con RUGE y UGT en el teléfono 669 763 172 por whatsapp o telegram. Suerte y Saludos.
Yo estaba de baja por ansiedad desde diciembre. Tuve un broncoespasmo en febrero con ingreso hospitalario. Me han alargado la baja por ansiedad pero ahora tengo riesgo si llegara a contagiarme, que pasará conmigo? Me refiero a tribunal médico o similar… Vivo en Madrid y no conduzco, para trabajar es hora y media de transporte público… Se que ahora teletrabajan mis compañeros pero… No sé cuál es mi futuro
Hola, Ana. Puedes trasladar tu consulta a la Asociación del Defensor del Paciente (Adepa). Saludos.
Estoy dada de baja por que tengo los síntomas del cov19 desde hace tres semanas y aun no he cobrado nada y tampoco de mutua, tendría derecho de mi seguro de hogar a cobrar algo
Hola, Soledad. La empresa, salvo que el convenio indique otra cosa, debería abonar el 75% de la base ya que se ha asimilado las bajas del Covid a contingencias profesionales. Para mayor tranquilidad, te recomendamos que consultes con CCOO en el teléfono gratuito 900 301 000, de lunes a viernes de 9 a 19 horas, y sábados y domingos de 10 a 14 horas; o con RUGE y UGT en el teléfono 669 763 172 por whatsapp o telegram. Saludos.
Desde el 24 de Abril estoy de baja laboral por riesgo al contagio de covid 19,al tener la edad de 60 años.Me pueden despedir y mandarme al paro sin darme el alta medica?Quien me tiene que dar el alta medica,la mutua,el medico de vabecera o la empresa?Quien me paga?
Hola, Antonio. En relación a aquellos trabajadores vulnerables ante la COVID-19, la cuestión de la edad que planteas tiene relevancia a efectos de una tramitación de incapacidad temporal tan sólo en los casos en que personas mayores de 60 años presenten patologías cardiovasculares, hipertensión arterial, diabetes, enfermedad pulmonar crónica, inmunodeficiencias o procesos oncológicos en tratamiento activo, valorándose el estado actual de tales patologías, si existe/n otro/s trastorno/s y su relación con los niveles de riesgo de las tareas a realizar. Te recomendamos trasladar tus dudas a un asesor laboral. Puedes consultar con CCOO en el teléfono gratuito 900 301 000, de lunes a viernes de 9 a 19 horas, y sábados y domingos de 10 a 14 horas; o con RUGE y UGT en el teléfono 669 763 172 por whatsapp o telegram.Saludos.
Saludos.
Mi empresa ha cerrado por cuarentena dicen. Nos quedamos en casa. Pero, en q situacion estamos, baja? Y como y a quien solicitamos dicha baja, mutua o centro de salud. Unos me dicen que a los otros. Y la empresa nos la solicita ya.
Hola Rocio, de acuerdo a la normativa publicada se excluyen de esta consideración todos aquellos casos de aislamiento preventivo sin venir acordados por los servicios de salud. Los médicos de los Servicios Públicos de Salud, serán los que emitan los partes de baja y alta en todos los casos de afectación por coronavirus, no pudiendo ser emitidos estos partes de baja/alta por los facultativos de las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social (MCSS), del Instituto Social de la Marina o de las Empresas Colaboradoras. Gracias por leernos.
Buenas tardes,mi marido trabaja en el sector de la limpieza en lonja ,Es diabético y hipertenso ,la empresa quiere que coja las vacaciones y dias que le deben quisiera saber que derecho tiene ,el no quiere la baja ya que el sueldo es pequeño pero si la tiene que dar como seria laboral o enfermedad, somo de la provincia de Cádiz gracias
Hola Ana. Según hacen público algunos abogados especializados en Derecho del Trabajo, no puede obligarse al empleado a coger ahora las vacaciones ni despedirse sin causa justificada por la situación del coronavirus. Dispones del teléfono gratuito 900 de CCOO, así como del número de whatsapp y telegram 669 763 172 que han habilitado RUGE y UGT . Los asesores laborales que atienden dudas de carácter laboral relacionadas con la situación de emergencia sanitaria causada por el COVID-19, podrán asesorarte al respecto. Saludos.
Hola me llamo mar,me cogí la baja un miércoles por el riñón,el viernes me encontraba mal y mi médico de cabecera me dijo que llamara a coronavirus y me dijeron que tenía todos los síntomas,me an llamado del trabajo y me dicen mis jefes que el gestor les dice que estoy de baja por enfermedad común, que tengo que hacer , gracias
Hola, Mar. La baja y el alta por coronavirus corresponden al Servicio Público de Salud. Si aún presentas síntomas, debes ponerte en contacto con los servicios sanitarios a través del teléfono del coronavirus de tu Comunidad Autónoma donde te indicarán qué hacer en tu caso. Recuerda que aunque ya estés de baja por el tema del riñón, la baja por coronavirus es más favorable, ya que se percibe el 75% de la base reguladora, en lugar del 60% habitual, y con carácter retroactivo. Si tienes dudas respecto a tus derechos laborales, puedes contactar con los sindicatos en los teléfonos que han habilitado para este tipo de consultas: el 900 301 000 para hablar con la Confederación Sindical de CCOO, de lunes a viernes de 9 a 19 horas, y sábados y domingos de 10 a 14 horas; y el 669 763 172, si prefieres contactar con RUGE y UGT por whatsapp o telegram. Saludos.
Hola buena mi nombre es María José y mi pregunta es que me acaba de mandar mi empresa a la baja por parte de mi médico de cabecera por el riego laboral de poder cojer el covi 19 y no se como va lo de los pago y como lo tengo que arreglar o si es mi empresa quién lo tiene que arreglar
Hola, María José. Si tu médico de cabecera te ha dado la baja por este motivo, la manera de proceder y de cobrar es similar a si estuvieras de baja por un accidente laboral. Todo lo que debes hacer es remitir los partes de baja a la empresa, y el parte de alta cuando lo tengas. Desde el día siguiente a tu baja, la Seguridad Social te paga el 75 % de la base reguladora de tu salario. Lo normal es cobrar el último día hábil del mes, pero en estos momentos la Seguridad Social se encuentra en una situación de saturación y puede que se retrasen algunos pagos. Saludos.
Hola buenas, mi consulta es, me di de baja el 13 de marzo hasta el 01 de abril por ser un paciente asintomático (pandemia covid 19) pero en mi nómina, me pagaron como una enfermedad común, 12 días la empresa al 60 % y 4 días la seguridad social x el mismo porcentaje aparte también me descontaron en el prorrateo de las pagas extras, trabajo en limpieza viaria de Barcelona, pero lo que no entiendo es que a otros compañeros que se dieron de baja x covid 19 y los trabajadores que los llamo la empresa para que entren en cuarentena porque estuvieron en contacto los han abonado al 100 %. Los agradezco de antemano su respuesta. Saludos.
Hola, Gerardo. Si la baja que te dio tu médico de cabecera era por COVID-19, la Seguridad Social debería haberte pagado el 75 % de la base reguladora de tu salario desde el día siguiente a la baja laboral, y la empresa tenía la opción de completar la paga hasta el 100 %. Entendemos que este es el caso de tus compañeros. A ti te pagaron por enfermedad común, cuando no lo era. Para saber si puedes recuperar el dinero que te dejaron de pagar, puedes hacer la consulta a CCOO en el teléfono gratuito 900 301 000 o a través del correo electrónico coronavirus@ccoo.es. Saludos.
Buenos días , mi esposo cotizante se aislado por qué yo salí positiva en la primera prueba, ahora la empresa le pregunta que en base a qué si no hay incapacidad física por qué solo fue el aislamiento de 14 días , para pagarle su quincena normal somos cotizantes los dos gracias.
Hola, Nayibe. La obligación de guardar cuarentena por motivo de la COVID-19 es asimilable a la baja por accidente de trabajo. Para salir de dudas puedes contactar con CCOO a través del teléfono gratuito 900 301 000 de lunes a viernes de 9 a 19 horas y sábados y domingos de 10:00 a 14:00 horas, o bien a través del correo electrónico coronavirus@ccoo.es. Se ofrece asesoramiento gratuito para consultas relacionadas con los derechos laborales en la crisis del coronavirus. Saludos.
Estando mi mujer como positiva en corona virus confirmado y sin que a mi se me haya echo la prueba. Y teniendo que acudir a mi trabajo que ya han levantado el erte tengo que ir a trabajar?
Hola, Felix. Te recomendamos que consultes con CCOO y expongas tu caso en el teléfono gratuito 900 301 000, de lunes a viernes de 9 a 19 horas, y sábados y domingos de 10 a 14 horas; o con RUGE y UGT en el teléfono 669 763 172 por whatsapp o telegram. Deseamos una pronta recuperación a tu mujer.Saludos.
hola yo estaba de baja laboral por enfermedad comun y despues me he contagiao con el virus ahora que va pasar me van a cambiar la enfermedad comun por accidente laboral
Hola, Abel. Puedes ponerte en contacto con tu centro de salud o bien llamar al teléfono del coronavirus de tu Comunidad Autónoma para mayor información. Saludos.
Me dieron la baja laboral el mismo día que mi empresa comunicó el ERTE. Mi prestación será del 75% ó del 70%?
Hola Carmen. De entrada, un trabajador que se encuentre en situación de IT, y sea incluido en un Expediente de Regulación de Empleo de suspensión o reducción de jornada, no se incorporaría al ERTE hasta obtener el alta médica.Saludos.
Buenas, cogo cita médico de cabecera y tengo síntomas de posible coronavirus, me meten protocolo de coronavirus, y me Dan la baja por enfermedad común, mi pregunta sería que porcentaje me tienen que poner 60% o el 75 por estar metido en el protocolo, gracias
Hola, José Luis. Esperamos que te recuperes pronto de la enfermedad. En el caso de estar en cuarentena por coronavirus tienes derecho a cobrar las prestaciones que te correspondan en función de tu convenio laboral. Si tu situación es de las que contempla el decreto aprobado por el Gobierno, tendrías derecho a percibir el 75% de la base reguladora desde el siguiente día de la baja laboral. Ten en cuenta también que se ha establecido el carácter retroactivo de estas medidas por lo que te podrás beneficiar sea cual sea la fecha en la que te diste de baja. Si tienes dudas sobre tus derechos laborales en esta situación, te recomendamos que contactes con CCOO en el teléfono 900 301 000, de lunes a viernes de 9 a 19 horas y sábados y domingos de 10 a 14 horas, o del correo electrónico coronavirus@ccoo.es. RUGE y UGT también atienden consultas en relación al coronavirus en el número de whatsapp y telegram 669 763 172. Saludos.
Hola,soy autonomo y tengo un seguro que me cubre la baja por accidente y enfermedad podria adquirir esta prestacion al estar parado realizando la cuarentena y sin poder trabajar ya que esta estipulado en un real decreto que no puedo salir de casa.? Me piden el justificante de baja y no se donde me lo pueden dar mi centro de salud esta cerrado
Hola, Carlos. El decreto publicado por la Seguridad Social protege los derechos tanto las personas contagiadas por el coronavirus como aquellas a las que los servicios sanitarios han prescrito aislamiento preventivo por haber estado en contacto con personas enfermas. En caso de presentar síntomas, es importante que acudas a urgencias, donde te podrán facilitar el justificante de la baja. Si tienes dudas sobre tus derechos como autónomo ante esta situación, te recomendamos que contactes directamente con el Servicio Público de Empleo Estatal – SEPE, donde te podrán informar de las ayudas que pudieran corresponderte como autónomo, o que consultes la información para trabajadores autónomos disponible en la página web de la Seguridad Social. Saludos.
Hola. Llevo con síntomas del coronavirus desde mediados de marzo. El día 9 de abril di positivo. El día 20 estuve ingresada y recebeci el alta hoy. Estamos en un ertr en la empresa. Cuanto debería cobraría.
Hola, Isabela. Según el decreto aprobado por el Gobierno, se mejora la prestación tanto para las personas aisladas como las infectadas por el coronavirus, ya que pasan a percibir desde el día siguiente al de la baja laboral el 75% de la base reguladora, así que este sería el porcentaje que te correspondería durante el período de baja. En cuanto al ERTE, la empresa deja de pagarte el sueldo y pasas a cobrar la prestación por desempleo. Puedes consultar la cuantía de la prestación según tus condiciones en el Servicio Público de Empleo. Saludos.
Buenos días,
Mi empresa me está presionando porque nos hicieron un Erte y yo trabajo como dietista para colegios pero al ser una empresa de Restauración colectiva me quieren obligar a trasladar mis servicios a un hospital donde se cambian horarios, días de trabajo y todo por el mismo sueldo. ¿Pueden hacerlo? ¿O al cambiar mi horario establecido y lugar de trabajo así como funciones no pueden obligarme? He de decir que en el contrato lo tienen todo maniatado porque solo pone direccion de la oficina de trabajo, horario de trabajo de lunes a domingo (aunque yo trabajo de lunes a viernes) y clausula de que pueden movernos donde quieran y cuando quieran pero entiendo que tiene que ser dentro del mismo campo (en este caso escolar no de sanidad hospitalaria)
Espero su respuesta.
Muchas gracias
Un saludo
Hola, Esther. Por lo que comentas, en tu contrato ya se contempla la posibilidad de movilidad de puesto de trabajo, por lo que la empresa podría hacer servir esta opción en tu caso; y aunque fuera en un sector distinto, entendemos que seguirías ejerciendo tu profesión como dietista. Para estar segura de tus derechos, te recomendamos que acudas a un asesor laboral con tu contrato para resolver todas las dudas. Recuerda de CCOO ofrece asesoramiento gratuito para consultas relacionadas con los derechos laborales en la crisis del coronavirus. Puedes contactar a través del teléfono gratuito 900 301 000 de CCOO de lunes a viernes de 9 a 19 horas y sábados y domingos de 10:00 a 14:00 horas. También puedes contactar a través del correo electrónico coronavirus@ccoo.es. Saludos.
Soy trabajadora de un centro comercial, donde ha habido gente de baja y alta por covi19 sin test, yo puedo hacerme el test por la seguridad social ahora?
Hola, Marta. Puedes consultar la Orden SND/344/2020 que ofrece, entre otros aspectos, las instrucciones para la realización de pruebas en el ámbito empresarial y estipula en qué casos se debe efectuar la detección de infección por SARS-CoV-2. Saludos.
Buenas tardes. Tengo un hijo con parálisis cerebral y necesita cuidados durante las 24 h. Los familiares que me ayudan no pueden venir por grave riesgo de contagio (trabajan en sanidad y más concretamente en infecciosos) Trabajo en charcutería a tiempo parcial fija, mi jefe me ofrece tramitar un ERTE o coger la baja para cuidar a mi hijo. ¿Qué hago? perjudicando lo mínimo a mi jefe. Gracias
Hola Dolores. Puedes consultar las ayudas a la dependencia, a través de la web de la Consejería de Salud de tu Comunidad Autónoma, o bien solicitando información en los servicios sociales de tu ayuntamiento o en el Centro de Salud de la Seguridad Social más próximo. En relación a la cuestión laboral que planteas te recomendamos trasladar tu consulta a un asesor laboral que te oriente sobre la mejor opción en tu caso. La Confederación Sindical de CCOO por ejemplo, ha habilitado un teléfono gratuito 900 y un correo electrónico para que las trabajadoras y trabajadores que tengan alguna duda de carácter laboral relacionada con la situación de emergencia sanitaria causada por el coronavirus reciban información y asesoramiento. El horario de atención telefónica es de lunes a viernes de 9 a 19 horas y sábados y domingos de 10:00 a 14:00 horas. Saludos
Hola estuve de baja del 13 de marzo al 3 de abril por síntomas muy fuertes relacionadas con el virus pero hasta el día de hoy nadie me paga mi baja ni la empresa ni la seguridad social como puedo hacer un reclamo gracias.
Hola, Orlando. Sabemos que este mes ha habido retrasos en el pago de algunas prestaciones, debido a la situación generada por la pandemia de la COVID-19. Si todavía no has recibido el pago, intenta contactar con la Seguridad Social. Puedes llamar al 901 16 65 65, un teléfono habilitado para consultas sobre pensiones y otras prestaciones en el que se ofrece atención directa y personalizada, de lunes a viernes (no festivos), en horario de 9 a 20 horas. También puedes dejar un mensaje en su buzón de consultas. Suerte y saludos.
Hola. Soy asmatico. La médico de cabecera me ha dicho que no vaya a trabajar pero para darme la baja necesito un papel de prevención de riesgos laborales pero no me lo dan. Me dicen que con mascarilla puedo ir a trabajar. Que puedo hacer. Gracias.
Hola, Alberto. Nuestro consejo es que contactes con CCOO en el teléfono gratuito 900 301 000 o a través del correo electrónico coronavirus@ccoo.es y les expliques cuál es tu situación, qué clase de trabajo desarrollas y en qué tipo de ambiente. Ellos te dirán si en la empresa te pueden obligar a ir a trabajar, aunque lleves mascarilla, y te dirán qué hacer en caso de que no sea así. Saludos.
estoy trabajando como empleada de hogar estoy de baja médica por cuarentena quiero saber que puedo pedir algunas prestaciones
Hola Ana. Te recomendamos trasladar tu consulta a un asesor laboral que te oriente sobre la mejor opción en tu caso. La Confederación Sindical de CCOO por ejemplo, ha habilitado un teléfono gratuito 900 y un correo electrónico para que las trabajadoras y trabajadores que tengan alguna duda de carácter laboral relacionada con la situación de emergencia sanitaria causada por el coronavirus reciban información y asesoramiento. El horario de atención telefónica es de lunes a viernes de 9 a 19 horas y sábados y domingos de 10:00 a 14:00 horas. Saludos
Buenas noches soy paciente anticoagulada y mí empresa me obliga a ir al trabajo aún sabiendo que soy persona con un índice de pocas defensas y estoy muy preocupada ya que si salud no es muy buena por favor me pueden orientar ya que me hicieron una cirugía de corazón abierto cpor cambio de válvulas mecánicas mitral y ortica y debo estar en controles médicos
Quedo atenta a su respuesta
Es más la empresa dice que el tiempo de aislamiento lo debo pagar
Hola Eliana. Te recomendamos trasladar tu consulta a un asesor laboral que te oriente sobre la mejor opción en tu caso. La Confederación Sindical de CCOO por ejemplo, ha habilitado un teléfono gratuito 900 y un correo electrónico para que las trabajadoras y trabajadores que tengan alguna duda de carácter laboral relacionada con la situación de emergencia sanitaria causada por el coronavirus reciban información y asesoramiento. El horario de atención telefónica es de lunes a viernes de 9 a 19 horas y sábados y domingos de 10:00 a 14:00 horas. Saludos
Buenas tardes.
En unos días iba a viajar a Cuba desde España y tenía contratado un seguro con vosotros, ¿cabe la posibilidad de reembolsarme ese importe debido a la imposición de no moverse del país, incluso de casa? Por otro lado, acaban de cerrar las fronteras de Cuba con lo cuál es imposible realizar dicho desplazamiento.
Muchas gracias de antemano.
Saludos,
Cristina
Apreciada Cristina. En primer lugar pedirte disculpas por el retraso en la respuesta
debido al elevado volumen de peticiones durante estos días. En este caso, te ofrecemos la opción de guardar tu póliza para más adelante (sin fecha límite ) Puedes solicitar la modificación de fechas, enviando un email a info@iatiseguros.com con el asunto: MODIFICACIÓN PÓLIZA Nº (nº de póliza) e informando sobre las nuevas fechas. Quedamos a la espera de confirmación. Saludos.
Puedo ir a trabajar si no estoy dado de alta?
Hola Manuel. Te recomendamos trasladar tu consulta a un asesor laboral que te oriente sobre la mejor opción en tu caso. La Confederación Sindical de CCOO por ejemplo, ha habilitado un teléfono gratuito 900 y un correo electrónico , así mismo RUGE y UGT atienden dudas laborales en relación a la crisis del coronavirus en el número de whatsapp y telegram 669 763 172 abierto para atender dudas de carácter laboral relacionadas con la situación de emergencia sanitaria causada por el coronavirus. Saludos.
Hola soy autonomo y tengo un seguro con caixabanc decirme si por cuarentena aislamiento obligatorio puedo cobrar ??
Hola Carlos. Te recomendamos trasladar tu consulta a la entidad con la que tengas contratado el seguro. Podrán informarte de acuerdo a las garantías y condiciones suscritas.Saludos.
Hola, buenas noches
Soy Autónomo y persona de GRUPO DE RIESGO por antecedentes de neumonía y Asma bronquial (discapacitado).
El seguro de I.T del BBVA; obligado para conseguir financiación para mi actividad esencial, limpieza.
El seguro me indica que mi baja es por enfermedade, cuando el médico del cabecera y el servicio de prevención me indicaron que debía coger la baja.
El Gobierno mediante Real Decreto establecio que el confinamiento no para personas de Riesgo debe considerarse accidente, el cual si tengo cubierto en el seguro mencionado.
Cómo debo proceder, y dado que esta situación no está contemplada en el baremo de enfermedades, como me lo deben cuantificar.
Gracias de antemano. Un saludo
Hola, Tonet. Te recomendamos que consultes con la entidad bancaria donde contrataste el seguro las condiciones del mismo y si cubren la circunstancia que mencionas. En cualquier caso, debes saber que como autónomo si has contraído el coronavirus o tienes que permanecer en cuarentena por haber estado en contacto con una persona contagiada, tienes derecho a la baja laboral y a cobrar la correspondiente prestación. Será un médico del Servicio Público de Salud el que haga el parte de baja y te lo entregue para que lo envíes a la mútua. Informarte también que, según las medidas aprobadas por el Gobierno, cualquier autónomo que haya visto interrumpida su actividad o reducida su actividad de forma intensa tiene derecho a una prestación que, al menos, será de 661 euros mensuales para quienes coticen por la base mínima. Saludos.
Buenas tardes,
Tengo contratada para mi madre a una Empleada del Hogar/Cuidador
Desde el 25 Abril-19.
20 Hras semanales, 4 Hras diarias de Lunes a Viernes de 10 a 14 Hrs.
Por la actual situación de COVID desde el 13 de Marzo-20 no realiza su trabajo (a nuestra petición, ella no se ha negado en ningún momento) ya que mi madre tiene historial médico de Alto Riesgo, solo nos trae la compra 1 vez a la semana pero sin entrar en casa.
Le pagamos su sueldo íntegro, no le descontamos nada.
Yo he teletrabajado hasta ahora , pero me reintegraré a mi trabajo presencial en mes de Agosto.
La cuestión es que quiero que tenga realizada la Prueba del Covid, la de anticuerpos.
¿Puedo exigirle que se la haga a título privado para que pueda volver a casa?
En su Contrato la tengo asegurada con la Mútua ASEPEYO.
¿Cubriría esa prueba la Mútua? En resumen lo que me interesaría saber es si puede hacérsela con ASEPEYO y si la tendríamos que pagar la familia, la empleada o estaría cubierta por el Seguro sin coste alguno para ninguna de las dos partes.
Muchas gracias
Hola, Ana María. Entendemos tu inquietud dada la dificultad de hallar información clara y precisa en relación a protocolos de actuación al respecto en la fase actual de desescalada. De hecho la consulta de guías básicas de recursos para cuidadoras y cuidadores familiares de diversas entidades, no contienen información actualizada en relación a la COVID-19 o bien se centran en protocolos dirigidos a personas cuidadoras para atender a personas con sospecha o confirmación de haber contraído la COVID-19. En todo momento deben tenerse en cuenta los protocolos epidemiológicos del Ministerio de Sanidad y si es bajo prescripción facultativa la indicación de una prueba PCR tras presentar sintomatología compatible con Covid-19. Te recomendamos, por ello exponer tu caso concreto a un asesor laboral. CCOO ofrece asesoramiento gratuito a través del teléfono gratuito 900 301 000 de lunes a viernes de 9 a 19 horas y sábados y domingos de 10:00 a 14:00 horas.También puedes contactar a través del correo electrónico coronavirus@ccoo.es.Saludos.
[…] crisis del coronavirus en nuestro país ha obligado a las autoridades a tomar decisiones drásticas para evitar la […]
Hola… si estoy dado de baja por un motivo diferente al coronavirus ¿Puedo solicitar el subsidio extraordinario por coronavirus para autonomos?
Y si, una vez solicitado dicho subsidio cayera enfermo de otra cosa que no sea coronavirus ¿Podria cobrar por incapacidad temporal + la ayuda por cese de actividad temporal por el estado de alarma?
Es decir, ¿Se pueden cobrar ambas prestaciones a la vez siendo autonomo del RETA?
Gracias
Hola Richard. Te recomendamos trasladar tu consulta a un asesor laboral. Puedes dirigirte por ejemplo a los asesores de la Confederación Sindical de CCOO por ejemplo, empleando el teléfono gratuito 900 , o bien recurrir al asesoramiento por parte de RUGE y UGT en el número de whatsapp y telegram 669 763 172 abierto para atender dudas de carácter laboral relacionadas con la situación de emergencia sanitaria causada por el coronavirus. Saludos.
Entiendo que no sabeis la respuesta entonces
Soy Silvia de Zaragoza, empleada de hogar asegurada en estado general, mis jefes me siguen pagando el seguro ,pero no el sueldo. como puedo coger la baja de fuerza mayor ,si no hay médicos en el centro de salud…
Hola Silvia. Te recomendamos consultar los teléfonos e información que ha puesto a disposición el gobierno de aragón en relación al COVID-19, tanto en materia de ERTES e información laboral, como teléfonos de interés y otra información relevante. Saludos.
Buenas tardes. Mañana viernes hará 2 semanas que estoy de baja laboral por posible coronavirus, mañana el medico decidirá su me da el alta, pero yo sigo sin encontrarme del todo bien. Podría alargarme la baja o me dará el alta. Me siento completamente agotada, este virus me ha dejado KO
Hola Manuela. Te recomendamos trasladar tu consulta a un asesor laboral. Puedes emplear el teléfono gratuito 900 de CCOO, o bien recurrir al asesoramiento por parte de RUGE y UGT al número de whatsapp y telegram 669 763 172. En ambos casos se han habilitado para atender dudas de carácter laboral relacionadas con la situación de emergencia sanitaria causada por el COVID-19. Saludos.
Buenas tardes,soy madre soltera y trabajo en un Hipermercado,llevo 3 semanas de baja por anginas y bronquitis,tengo asma desde pequeña,pero quisiera saber si el medico me daria la baja,ya que creo que es muy arriesgado volver al trabajo,tampoco puedo dejar con nadie a mi hija y mucho menos volver a trabajar para poner en riesgo.muchas gracias
Hola Raquel. Puedes trasladar tu consulta a un asesor laboral a través del teléfono gratuito 900 de CCOO, o bien al número de whatsapp y telegram 669 763 172 que han habilitado RUGE y UGT para atender dudas de carácter laboral relacionadas con la situación de emergencia sanitaria causada por el COVID-19. Saludos.
Hola, mi marido tiene neumonía y un cuadro de síntomas del covid-19. Ha dado negativo en una prueba, pero le han puesto en cuarentena y aislado en casa de la familia. No le quieren repetir la prueba pero le dicen que es como se comporta el virus lo que el tiene. Sin embargo su médica le ha dado baja por enfermedad común y dice que no puede hacer otra cosa. Podeis darme algun consejo sobre que podemos hacer. Gracias
Hola Estefanía. Puedes consultar al equipo de asesores laborales de CCOO empleando el teléfono gratuito 900, o bien a través del número de whatsapp y telegram 669 763 172 al equipo de asesores que han habilitado RUGE y UGT. Saludos.
Mi hijo tiene covi-19 positivo y nos han dicho que cuarentena todos,mi marido a tenido que cojer la baja y su jefe le a dicho que cobrara el 100% y ahora estoy leyendo que no es asi que cobrara el 75%,es así???
Hola Tamara. Tanto las personas en aislamiento preventivo como quienes se han contagiado del virus se consideran en Incapacidad Temporal asimilada a baja laboral por accidente de trabajo. Esto supone una mejora de la prestación tanto para las personas aisladas como infectadas por el coronavirus, ya que pasan a percibir desde el día siguiente al de la baja laboral, el 75% de la base reguladora, con cargo a la Administración. Debes tener en cuenta, que algunas empresas y sectores están complementando ese 75% por convenio colectivo, aumentando así la protección de sus plantillas. Saludos.
Hola
Soy administrativa en un laboratorio privado en el cual hacemos las PcR del CoronaVirus.Me hice las pruebas y di Positiva. Mi pareja es técnico de laboratorio que hace las PcR y el ha salido negativo en la prueba. Estoy aislada desde el 20 de este mes. Tenemos un bebé de 8meses y mi pareja está cuidando de ella mientras yo estoy aislada. A mi me han dado la baja laboral en mi centro de salud. A él la empresa le está poniendo problemas porque no le reconocen que no vaya a trabajar. Mis preguntas son; Al estar al cargo de un bebé y cuidando de una persona aislada,tiene que estar dado de baja laboral? La empresa tiene que reconocer esté hecho? Le pueden obligar a ir a trabajar?? Estamos perdidos y no sabemos que hacer… Muchas gracias de antemano. Elena
Hola Elena. Debes considerar que el punto 9 del Anexo del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19, especifica que no será objeto de aplicación el permiso retribuido regulado en el presente real decreto-ley a las siguientes personas trabajadoras por cuenta ajena:
9. Las de los centros, servicios y establecimientos sanitarios, así como a las personas que (i) atiendan mayores, menores, personas dependientes o personas con discapacidad, y las personas que trabajen en empresas, centros de I+D+I y biotecnológicos vinculados al COVID-19, (ii) los animalarios a ellos asociados, (iii) el mantenimiento de los servicios mínimos de las instalaciones a ellos asociados y las empresas suministradoras de productos necesarios para dicha investigación, y (iv) las personas que trabajan en servicios funerarios y otras actividades conexas. Por ello, para vuestra tranquilidad, te recomendamos trasladar tu consulta al equipo de asesores laborales que han habilitado tanto CCOO , como RUGE y UGT. En el primer caso puedes emplear el teléfono gratuito 900, o bien en el segundo, el número de whatsapp y telegram 669 763 172. Podrán aportaros la orientación adecuada en vuestro caso. Saludos.
Hola. Yo tengo una incapacidad que terminará el día 6 de abril pero tengo que ir a mi clínica a qué me valoren.
Yo quiero saber si el imss tiene servicio para esto todavía o solo casos especiales.
Hola Angelica. Te recomendamos consultar a ambas entidades para mayor seguridad. Saludos.
Buenos días: Somos una empresa de Navarra que tenemos un trabajador de Madrid ingresado en un hospital de esta comunidad por coranavirus. Se puso en contacto con nosotros el día que ingresó y nos dijo que una vez ingresaba le gestionaban desde allí automáticamente la baja, pero no hemos recibido ninguna comunicación y no tenemos manera de hablar con él o su familia. ¿donde podemos solicitar el parte de baja o información del mismo?
Hola, Carlos. Te recomendamos que contactes con tu gestor de confianza para informarte de las gestiones a realizar. También puedes obtener información sociolaboral en la Oficina de Información del Ministerio de Trabajo llamando los días laborables de 9 a 17:30h. a los siguientes teléfonos: 91 363 23 56, 91 363 23 25, 91 363 23 26, 91 363 23 27, 91 363 23 28, 91 363 05 37 y 91 363 08 22. Además, puedes hacer tu consulta a través del correo portal@mitramiss.es. Saludos.
Hola, soy un enfermo por covid-19 que lleva de baja desde el día 13. He pasado lo peor. Pero estoy solo. La primera baja tuve que ir a recogerla con mucho miedo (y protegido). La envie a la empresa por email firmada. La segunda me la trajo un familiar junto con comida. Ahora me voy encontrando mejor y mi médico de cabecera me quiere dar el alta. Solo con lo que le cuento por teléfono y sin saber si doy negativo. Si me dan el alta, como firmo el erte si estoy en cuarentena. Gracias.
Hola, Ivan. Nos alegramos de tu recuperación. Puedes informarte en el teléfono gratuito 900 301 000 de la Confederación Sindical de CCOO, de lunes a viernes de 9 a 19 horas y sábados y domingos de 10:00 a 14:00 horas. También a través del correo electrónico coronavirus@ccoo.es. Así mismo, RUGE y UGT atienden consultas laborales en relación a la crisis del coronavirus en el número de whatsapp y telegram 669 763 172. Saludos.
Buenos dias,
mi hija tiene una póliza Iati Estudios Estrella Mundo. Esta estudiando en Estados Unidos.
¿Dicha póliza le cubriria, por completo, en caso de afectación por Covid19?
Buenos días Carles. Todos nuestros seguros cubren la asistencia médica a causa del coronavirus, siempre hasta el límite contratado
Saludos
Hola buenas, en la empresa que trabajo ha cerrado y yo me encuentro de baja temporal por covid 19 y aun me quedan dias de aislamiento mi duda es quien se hace cargo de mi baja y si es legal despedir estando con esta baja?
Como explicamos en el artículo, la Seguridad Social se hace cargo de la baja por incapacidad temporal tanto de las personas que se encuentran en aislamiento preventivo como de aquellas que están contagiadas por el coronavirus. Puedes informarte de tus derechos en el teléfono gratuito 900 301 000 de CCOO de lunes a viernes de 9 a 19 horas y sábados y domingos de 10:00 a 14:00 horas. También puedes contactar a través del correo electrónico coronavirus@ccoo.es, o hacer tu consulta por whatsapp y telegram en el teléfono 669 763 172 de RUGE y UGT. Saludos.
Hola resutal que del trabajo me mandaron por estar resfriado y me dieron 14 dias de licencia cuarentena y resulta que mi isapre no me asepta la licencia que puedo aser en este caso
Hola, Jacinto. Debes saber que es diferente el permiso retribuido de 15 días decretado por el Gobierno -en cuyo caso empresa y trabajador deben pactar la compensación de las horas no trabajadas- que la cuarentena preventiva por contacto con personas contagiadas -con la cual tienes te correspondería la baja por incapacidad temporal-. Puedes informarte gratuitamente en el teléfono 900 301 000 de CCOO, de lunes a viernes de 9 a 19 horas y sábados y domingos de 10 a 14 horas, en el correo electrónico coronavirus@ccoo.es o hacer tu consulta por whatsapp y telegram en el teléfono 669 763 172 de RUGE y UGT. Saludos.
Tengo un seguro de incapacidad temporal con el Banco Santander como Autónomo, debido a la baja por incapacidad temporal por contingencias comunes (Covid-19) que ustedes mencionan ¿el seguro de incapacidad temporal del Banco Santander para autónomos cubre esta clasificación? Muchas gracias.
Hola, Aurel. Te aconsejamos que consultes con la entidad con la que contrataste el seguro para informarte con precisión de las coberturas y garantías que tienes incluidas y asegurarte que cubren esta circunstancia. Si además tienes contratado un seguro de vida hipotecario con el banco, recuerda que cambiándolo a una correduría de confianza como IATI podrás ahorrar hasta un 50 % de la cuota y te quedaría cubierta la invalidez absoluta y permanente. Infórmate aquí de cómo cambiar tu seguro de forma fácil. Saludos.
Buenas, en urgencias me acaban de recomendar 14 días de cuarentena preventiva puesto que muestro sintomas de dificultad respiratoria. Hoy es viernes, y hasta el martes no me llamará el medico de cabeza para ver como sigo y hacer el procedimiento de baja. Hoy mismo, mi propio jefe me ha dicho que si veo que me mejoro en estos días que me reincorpore. Mi pregunta es, ¿hasta que punto estoy obligado a reincorporarme cuando en urgencias me han mandado a casa como prevención?
Hola, Albert. Si presentas síntomas relacionados con el COVID-19 lo mejor es que permanezcas en cuarentena preventiva como te han recomendado en urgencias, por lo que tendrías derecho a cobrar la baja por incapacidad temporal. Si crees que esta circunstancia puede provocar un conflicto en el trabajo, te recomendamos que consultes con el Ministerio de Trabajo sobre tus derechos llamando los días laborables de 9 a 17:30h. a los siguientes teléfonos: 91 363 23 56, 91 363 23 25, 91 363 23 26, 91 363 23 27, 91 363 23 28, 91 363 05 37 y 91 363 08 22. También puedes hacer tu consulta a través del correo portal@mitramiss.es. Saludos.
mi pareja tiene ansiedad y depresión no podemos trabajar por la cuarentena podriamos pedir algo
Hola, Tamara. Desde IATI os deseamos una pronta recuperación. En vuestro caso, os recomendamos contactar con los sindicatos para pedir asesoramiento. Podéis consultar en el teléfono gratuito 900 301 000 de la Confederación Sindical de CCOO, de lunes a viernes de 9 a 19 horas y sábados y domingos de 10 a 14 horas, y a través del correo electrónico coronavirus@ccoo.es. RUGE y UGT también atienden consultas en relación al coronavirus en el número de whatsapp y telegram 669 763 172. Saludos.
Hola, el 14 de marzo el médico de cabecera me dio la baja y me mandó 15 días de cuarentena, en el último parte ,el día 31 me manda hacer la prueba….Se consideraría baja laboral por accidentes de trabajo?? Y si es así sería lo que marca el convenio?
Un saludo y gracias
Hola, Ana. Si el médico te ha dado la baja por posible contagio por COVID-19 se considera incapacidad temporal por contingencias comunes, por lo tanto, tendrías derecho a cobrar la prestación que te corresponda en función de tu convenio laboral. Para más información al respecto puedes consultar con la Oficina de Información del Ministerio de Trabajo en los teléfonos 91 363 23 56, 91 363 23 25, 91 363 23 26, 91 363 23 27, 91 363 23 28, 91 363 05 37 y 91 363 08 22. El horario es de lunes a viernes de 9 a 17:30h. También puedes hacer tu consulta a través del correo portal@mitramiss.es. Saludos.
hola. llevo más de cinco meses sin trabajo y sin cobrar nada y estoy confinado en casa. tendría derecho a cobrar algo. saludos
Hola, Juan. Te recomendamos que consultes los requisitos para beneficiarte de la ayuda familiar y que te informes en las oficinas del Servicio Estatal de Empleo sobre esta y otras ayudas que te podrían corresponder. Para ello debes solicitar cita previa. También puedes acudir a los Servicios Sociales de tu ayuntamiento. Saludos.
Hola. Soy autónomo y he causado baja por coronavirus. Pertenezco al grupo de actividades esenciales, así q cuando me den el alta volveré al trabajo.
Una vez q me incorpore, ¿podría acogerme a las ayudas por pérdidas del 75% de mi salario?
Para el cálculo de las pérdidas ¿tendría que computar lo percibido durante la baja por coronavirus?
Hola, Beatriz. En tu caso te recomendamos contactar directamente con la Oficina de Información del Ministerio de Trabajo para hacer las consultas concretas sobre tus derechos como autónoma. Recuerda que también puedes informarte en los sindicatos, a través del teléfono gratuito 900 301 000 de la Confederación Sindical de CCOO, de lunes a viernes de 9 a 19 horas y sábados y domingos de 10 a 14 horas, y del correo electrónico coronavirus@ccoo.es. RUGE y UGT también atienden consultas en relación al coronavirus en el número de whatsapp y telegram 669 763 172. Saludos.
Yo estoy de baja por estar mala deve ser gripe o cornavirus el caso es que no se silos pasado o no solo mean echo una radiografía pero ala empresa la obligaron a cerrar y me despidio el mismo día dela baja pues no sabe cuando podrá abrir q pasa con migo cuando meden el alta
Hola, Francisca. Es importante que te informes de tus derechos con un asesor laboral. Te recomendamos que contactes con CCOO en el teléfono gratuito 900 301 000, de lunes a viernes de 9 a 19 horas y sábados y domingos de 10 a 14 horas, o del correo electrónico coronavirus@ccoo.es. O si lo prefieres, contacta con RUGE y UGT a través de whatsapp o telegram en el 669 763 172. Esperamos que te recuperes pronto. Saludos.
Hola llevo desde el día 31 de baja por posible caso de Coronavirus vivo con 2 personas de alto riesgo(mi madre y mi hijo) como no he sido la única enferma en casa me han dado la baja hasta el día 21 trabajo de ayuda a domicilio con lo cual me toca incorporarme me podría acoger a algún recurso para no incorporarme?
Hola, Lucero. Si tu madre y tu hijo son población de riesgo, el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 establece que tienes derecho a una reducción de jornada, que puede ser del 100 %, si acreditas deberes de cuidado de estos familiares, es decir, si te necesitan para atenderlos. Pueden necesitar esta atención por razones de edad, enfermedad o discapacidad o porque los centros escolares -en el caso de tu hijo- y los centros de día -si tu madre era usuaria de este servicio- están cerrados. Debes saber que, en este caso, no cobrarás tu sueldo. El gobierno se está planteando aportar prestaciones económicas para las personas que soliciten este permiso, debemos estar atentos a las novedades. Saludos.
Bien dia Pueden explicarme
yo presente síntomas del Covid, fuy al médico me dijeron que no me hacían la prueba pero me enviaron a casa por posible contagio Covid aislada por 15 días en casa cuánto cobraré a final de mes si mi salario es de 1200
Gracias
Hola, Yuliana. Si estás de baja por coronavirus, tienes derecho a recibir las prestaciones que te correspondan en función de tu convenio laboral, que con el decreto aprobado por el Gobierno se mejoran para percibir el 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja laboral, siempre y cuando cumplas con los requisitos que establece. Puedes consultar tu caso concreto en el teléfono gratuito 900 301 000 de CCOO, de lunes a viernes de 9 a 19 horas y sábados y domingos de 10 a 14 horas, o en el correo electrónico coronavirus@ccoo.es. También puedes contactar con RUGE y UGT a través de whatsapp o telegram en el 669 763 172. Saludos.
Buenas. Para supuestos positivos por coronavirus, ¿hay alguna norma que impida salir de su casa hacia un puesto que acaban de contratarle? Porque mi primo lleva más de 30 días de aislamiento y no le dan el alta ni le repiten el test. Gracias.
Hola, Hugo. La baja por coronavirus es, por lo general, de 14 días. Si tu primo no presenta síntomas después de un mes en casa, debería contactar con el teléfono del coronavirus de la Comunidad Autónoma para solicitar el parte de alta y poder así acudir al nuevo trabajo, o bien contactar con su centro de salud para que el médico de cabecera gestione el alta. Saludos.
Hola soy asmática .. Y estoy de baja por riesgo ,
Mi pregunta es cuánto tiempo puedo estar de baja .?
Hola, Patricia. Por lo general, la baja habitual por coronavirus es de 14 días, aunque la duración depende de las circunstancias personales de cada paciente. En tu caso, aunque no presentes síntomas de coronavirus, el asma te hace más vulnerable ante las infecciones respiratorias, por lo que tu médico podría considerar conveniente alargar tu baja hasta que el riesgo de contagio por COVID-19 sea mínimo y evitar así complicaciones innecesarias. Así, es tu médico de cabecera el que debe determinar la duración de la baja en función de tu estado de salud concreto. Puedes llamar también al teléfono del coronavirus de tu Comunidad Autónoma y hacer la consulta. Saludos.
Soy trabajadora en una empresa y un compañero con síntomas le dieron la baja,yo a la semana siendo una persona con hipertiroidismo mi sistema inmunológico es débil y mi doctora de cabecera me dio la bsha y a los días tenía síntomas en total llevo 4 semanas de baja y la empresa esta muy cabreada,no consideran que deba estar de baja…el día 15 si estoy buen debo incorporarme…ahora me harán la vida imposible ..podrías decirme si me despiden y no cumplen con mi contrato,que debo hacer??? Gracias
Hola, Pilar. Tanto si tienes un contrato indefinido como si es eventual, pero aún no se ha alcanzado la fecha de finalización, la empresa no tiene derecho a despedirte sin causa justificada. Podrían justificar el despido con causas objetivas, pero deben demostrar pérdidas o disminución de ingresos, cierre de la actividad o nuevas necesidades organizativas. Para conocer tus derechos en esta situación, te recomendamos que consultes con un asesor laboral de CCOO en el teléfono gratuito 900 301 000, de lunes a viernes de 9 a 19 horas, y sábados y domingos de 10 a 14 horas; o con RUGE y UGT en el teléfono 669 763 172 por whatsapp o telegram. Saludos.
Buenos días, mi caso es que llame al médico por un dolor de ovarios para que me mandasen algún calmante en la farmacia ya que no se puede ir al centro médico donde vivo. Y lo más fuerte ahora me dicen que estoy en cuarentena.sin tener yo ningún síntoma.En breve empiezo a trabajar que puedo hacer? Si me salto el aislamiento que me pasaría?estoy en desempleo Y estoy sola con tres niños
Hola, Isabel. Si el centro médico que te corresponde está cerrado, en tu ayuntamiento te podrán decir cuál es el que te corresponde hasta que la situación se normalice. Lo primero que deberías hacer es llamar para solicitar esta información. Si debes estar en cuarentena, te corresponde una baja por incapacidad temporal -asimilable a accidente de trabajo- y quien deberá tramitarla es tu nuevo médico de cabecera, el del centro al que te remitan desde el ayuntamiento. Si estás en cuarentena no puedes ir a trabajar en ningún caso, así que cuando tengas los papeles de la baja deberás hablar con la empresa para comunicar que no te podrás incorporar hasta tener el alta. Saludos.
Buenas tardes, alguien me podría decir, estoy de baja por el covid19 y hace unos días eche una ayuda en mi mutua porque soy autónomo, aunque ya estoy recuperado del virus sigo de baja. Me han aceptado por la mutua la ayuda que son unos 660 euros pero además sigo de baja. Debería comunicárselo a la mutua o ellos ya saben que estoy de baja? Un saludo, gracias
Hola, José. Entendemos que los 660 € que comentas corresponden a la prestación por incapacidad temporal, ya que lo que cobra un autónomo que cotiza por la base mínima son 535,86 € desde el 4º día hasta el 20º y 669,82 € desde el 21º hasta la fecha del alta. En este caso, te habrían concedido la prestación por estar de baja, y por lo tanto ya saben que te encuentras en esta situación. Las mutuas de los autónomos son colaboradoras de la Seguridad Social (encontrarás más información en la web de la Seguridad Social). De todas maneras, nuestro consejo siempre es hablar con todas las partes implicadas para que no haya ningún posible error que te pueda perjudicar en el futuro. Habla con ellos e infórmales de tu situación, no está de más y te quedarás más tranquilo. Saludos.
Hola mi novia dio posiyivo pero yo no y me an puesto en cuarentena pero yo no quiero estar ya que esta ailada y en casa sola como puedo hacer pa que me den inmediatamente de alta .
Hola, Borja. Aunque tu novia esté sola en casa y actualmente no tengas contacto con ella, si te han puesto en cuarentena es porque tuvisteis contacto en el momento en que ella todavía no sabía que estaba enferma pero podía contagiar. No hay otra opción que hacer la cuarentena, ya que tú también puedes tener el virus, aunque no tengas síntomas, y contagiar a otros. Además del daño que podrías causar a terceros, debes saber que si rompes el confinamiento la policía te pueden poner una multa muy elevada. Ánimo y mucha paciencia.
Tengo que acudir a trabajar si tengo un hijo con una enfermedad crónica grave ?
Si salgo a trabajar puedo correr el riesgo de contagiarle , ya que soy su cuidador principal. Puedo solicitar una baja en el médico al igual que las personas en riesgo por accidente de trabajo ???muchas gracias
Hola, Esther. En tu caso, puedes solicitar un permiso para no tener que ir a trabajar y poder quedarte en casa, de manera que evites a tu hijo el riesgo de contagio. El Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 establece que tienes derecho a una reducción de jornada, que puede ser del 100 %, si acreditas este deber de cuidado por razones de enfermedad, como es el caso de tu hijo. Es el mismo permiso que están pidiendo los padres y madres que tienen que quedarse en casa con sus hijos mientras los colegios permanezcan cerrados. Lo malo de este permiso es que el sueldo se reduce en la misma proporción que el horario. Es decir, si alguien va a trabajar la mitad de las horas cobrará la mitad de su sueldo. En tu caso, en el que no trabajarías ninguna hora, no cobrarías nada. El gobierno se está planteando aportar prestaciones económicas para las personas que soliciten este permiso, debemos estar atentos a las novedades. Saludos.
Buenas soy autónomo de la construcción tengo derecho a baja laboral por patología de riesgo al covic 19
Hola, José Ángel. Los trabajadores especialmente sensibles a la COVID-19 (es decir, los que tienen, como en tu caso, patologías crónicas, o trastornos inmunitarios o las mujeres embarazadas) y que estén expuestos a un factor de riesgo alto en su puesto de trabajo pueden solicitar la baja. Para obtenerla, debes dirigirte a tu médico de cabecera y plantearle tu situación, ya que es él quien debe decidir en base a criterios médicos si te tramita o no la baja -que sería equiparable a las bajas por accidente laboral-. Si decide hacerlo, la baja se alargará el mismo tiempo que dure la alerta sanitaria. Saludos.
Tengo una hija que es grupo de riesgo, diabetes tipo 1, y trabajo en farmacia. ¿Puedo solicitar la baja por incapacidad temporal por aislamiento preventivo?
Hola, María. La situación de la que hablamos en el artículo hace referencia a personas que han contraído la enfermedad y aquellas a los que los servicios sanitarios han prescrito aislamiento preventivo por haber estado en contacto con personas contagiadas. En tu caso, al tener a tu hija dentro del grupo de riesgo, te sugerimos que contactes con el teléfono del coronavirus de tu Comunidad Autónoma para preguntar si es posible la opción que planteas. Saludos.
Hola soy sanitaria y trabajo en una residencia , pero padezco desde hace mucho de bronquitis crónica y asma que siempre me lo trato con el inhalador rilax estoy obligada a ir a trabajar?
Hola, Debora. Las personas especialmente sensibles a la COVID-19, como es tu caso por la bronquitis crónica y el asma, y que estén expuestas a un factor de riesgo alto en su puesto de trabajo podrían tener derecho a la baja. Para ello, puedes llamar al teléfono del coronavirus de tu Comunidad Autónoma para contactar con los servicios sanitarios y plantear la situación. Saludos.
Buenas tardes os agradezco su contratación, les comento mi caso me contrato una residencia el dia 6/04/2020 con un contrato de seis meses y 30 dias de pruebas el dia 14/ 04/2020 acudi a mi sitio de trabajo y como ahora es costumbre de tomar la temperatura tenia 37,8 de fiebre aunque yo me sentía normal me dijeron que tenia que regresar a mi casa en ese estado no podía trabajar y claro tenia que ir al medico en ese momento me desplace al centro de salud me atendieron y me dijeron que tenia que estar 15 dias en casa me llamaran en dos dias me.dijeron , bueno despues comunique a la empresa y ya les llamaría y comentara lo que digan llamo el dia 16/04/2020 a la empresa y me contestan que ya me han dado de baja el dia 15/04/2020 por no pasar el periodo de prueba me quedo con esa duda si esto es legal o que debo de hacer . Creo que asta dicho dia he hecho mi trabajo . Gracias una vez mas .
Hola, Jesús. La obligación de guardar cuarentena por motivo de la COVID-19 es asimilable a la baja por accidente de trabajo, y mientras estás de baja laboral la normativa estipula que no te pueden despedir. Al estar en período de prueba, puede que en tu caso haya algún otro concepto a tener en cuenta. Te recomendamos que, para estar seguro de tus derechos, acudas a un asesor laboral con tu contrato para resolver todas las dudas. Recuerda de CCOO ofrece asesoramiento gratuito para consultas relacionadas con los derechos laborales en la crisis del coronavirus. Puedes contactar con ellos a través del teléfono gratuito 900 301 000 de lunes a viernes de 9 a 19 horas y sábados y domingos de 10:00 a 14:00 horas. También puedes contactar a través del correo electrónico coronavirus@ccoo.es. Saludos
Buenas noches perdon que les vuelva a preguntar , la empresa me ha pagado los dias que trabaje y me ha liquidado pero de los dias de baja que he estado de baja no he estado de baja del 14/ 30 de abril y no se ha quien preguntar quien me debe de pagar estos dias de baja gracias por vuestra ayuda
Buenas tardes , gracias por vuestras ayudas? mi duda es? En la empresa donde trabajo ha realizado un erte con fecha del 23/03/2020 tengo una jornada completa en el sector de la hosteleria . Y sabemos como esta la situación me ha salido un trabajo de 39 horas a la semana en limpieza por desinfeccion sabemos que esto es temporal ,mi duda entra aqui que debo de hacer en este caso, tengo peligro a perder mi trabajo que pasa von el erte . Gracias una vez mas por vuestra ayuda .
Hola, Yuliana. Tenemos buenas noticias: sí puedes coger ese trabajo que te ha salido, aunque estés en un ERTE. La suspensión de la relación laboral con tu empresa te da toda la libertad en este sentido. Sin embargo, debes comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal este nuevo trabajo, porque mientras dure se suspenderá la prestación por desempleo que estás cobrando. Encontrarás toda la información para realizar este trámite en este enlace: https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/FAQS/expedientes-regulacion-empleo/compatible-nuevo-empleo-con-ERTE.html. Saludos
Buenas noches, espero puedan ayudarme! La empresa me incLuyo en el ERTE por fuerza mayor Coronavirus, es decir tengo el contrato suspendido, la duda es si debo comunicar a la empresa de mi embarazo de dos meses.
Hola, Doris. ¡Enhorabuena por tu embarazo! Si ya sabías que estabas embarazada, quizá deberías haberlo comunicado a la empresa antes de que aplicaran el ERTE, ya que los colectivos vulnerables y los protegidos, como es el caso de las trabajadoras embarazadas, son los últimos a los que les deben afectar estas medidas. Tu embarazo te podía haber servido para establecer algún tipo de negociación con la empresa. Ahora que ya tienes el contrato suspendido, te recomendamos que contactes con CCOO, a través del teléfono gratuito 900 301 000, de lunes a viernes de 9 a 19 horas y sábados y domingos de 10:00 a 14:00 horas, o del correo electrónico coronavirus@ccoo.es. Ellos te podrán decir si estás obligada a comunicar tu embarazo a la empresa y si, debido a tu condición, puedes beneficiarte de alguna prerrogativa. Saludos.
hola
mi medico me dio la baja por posible cvid-19
porque mis niñas estuvieron en contacto con su abuela que dio positivo covid-19
llevo una semana y no tengo ningun sintoma
me dijo que la baja seria de 14 dias y que ya me llamaria pero hoy tendria que haberme llamado y no lo ha hecho
me puede el dar el alta para incorporarme al trabajo ?,ya que trabajo con personas de alto riesgo
Hola, María. Corresponde al Servicio de Salud dar tanto la baja como el alta, por lo tanto, puedes ponerte en contacto con tu centro de salud o bien llamar al teléfono del coronavirus de tu Comunidad Autónoma para exponer tu caso y seguir las indicaciones de los servicios sanitarios. Saludos.
Hola desde el 1/01/2020 me desempeñaba como cuidadora de un paciente EPOP de alto riesgo, donde además superaba las 12 hs de trabajo y contrato indefinido. He presentado sintomatologia del COVID-19 como motivo de mi baja médica y durante este período me han despedido. ¿es esto legal?
Hola, Ninoska. En principio, podría ser legar despedirte si la empresa demuestra que hay una causa objetiva para hacerlo. Si sospechas que en tu caso el despido se ha producido de forma irregular, puedes hacer la consulta con un asesor laboral especializado. Para conocer tus derechos, te recomendamos que consultes con CCOO en el teléfono gratuito 900 301 000, de lunes a viernes de 9 a 19 horas, y sábados y domingos de 10 a 14 horas; o con RUGE y UGT en el teléfono 669 763 172 por whatsapp o telegram. Saludos.
Hola, estoy aislado en casa por síntomas de coronavirus, pero hasta el 4 de mayo no me hacen la prueba :0 tengo un niño pequeño y mi pareja debe de empezar a trabajar la semana que viene. Le pueden dar algún tipo de baja para poder cuidar del niño mientras estoy aislado.??
Hola, Miguel. Corresponde al médico de cabecera valorar las circunstancias concretas de cada caso y dar la baja si es la mejor opción. En vuestro caso, al estar tú mismo en aislamiento preventivo y con un niño al que atender, es posible que el médico considere la posibilidad que planteas. En cualquier caso, te recomendamos que consultes el tema en el teléfono del coronavirus de tu Comunidad Autónoma o contactando directamente con tu centro de salud. Saludos.
Hola. Estaba de baja por fractura en el dedo del pie y el INSS me ha mandado a trabajar sin estar completamente curada. Mi médico me volvió a dar de baja al día siguiente y me llamaron ipso facto del INSS diciéndome que “no aprobaban la baja por ser personal sanitario y aún sin estar al 100% tengo que ir a trabajar obligatoriamente”. Aparte de esto, convivo con una persona de alto riesgo con enfermedad pulmonar y tengo crisis de ansiedad por las noches, me supone mucho malestar pensar en trabajar y luego volver a casa. Que puedo hacer?
Hola, Lucía. En tu caso, lo mejor sería consultar con un asesor laboral sobre tus derechos como personal sanitario, ya que, aunque ahora mismo se necesiten todos los recursos humanos disponibles para combatir la enfermedad, convives con una persona de alto riesgo y sufres tu misma episodios de ansiedad. Tienes a tu disposición el teléfono gratuito de CCOO 900 301 000, de lunes a viernes de 9 a 19 horas, y sábados y domingos de 10 a 14 horas; o puedes contactar con RUGE y UGT en el teléfono 669 763 172 por whatsapp o telegram. Saludos.
Hola. Mi empresa los mando a casa con baja por posible contagio 15 días, unas vez pasados esos días yo seguía con síntomas y el médico me ha alargado la baja 15 días más por seguridad. Mi duda es, todos los días que este de baja cobraré al 75%? O, a partir del día 15 cambian las condiciones? Gracias
Hola, Natalia. El decreto aprobado por el Gobierno establece que los trabajadores de baja por coronavirus cobren el 75 % de la base reguladora desde el día siguiente a la baja, así que durante todo ese período te corresponde el mismo porcentaje. Saludos.
Hola buenos días a mi me han dado la baja por incapacidad temporal pero como enfermedad común, no como accidente de trabajo estoy a media jornada y tengo aislamiento 14 dias entonces a partir de cuando voy a cobrar
Hola, Pamela. Si estás de baja por aislamiento preventivo a causa del coronavirus, aunque tu baja sea por contingencias comunes, a efectos económicos se considera incapacidad temporal por accidente de trabajo. En este caso, la cuantía de la prestación es del 75% de la base reguladora desde el día siguiente a la baja. Saludos.
Hola soy verónica quería saber como puedo aser para recurir una baja porque ami me dieron la baja x posible contajio de covi19 y estoy de baja del 23 de marzo y me mandaban la baja x correo y me tocaba la segunda visita el día 9 y llamé pero como era festivo me dijeron q llamará el día 13 abril y el dia 12 de abril me llega x correo la confirmación de la renovación de la nueva baja q será del 12 de abril asta el 22 de abril y yo el día 20 de abril acudo. Medico xq tenía Un dolor al vientre y fiebre y me dijo a tenía infección y al día siguiente llamo para la revicion del medico xq me tocaba y desdes el miercoles tratado de hablar con el médico para la revicion y nada y el jueves llamo otra vez y la chica me dijo q me mandaron un correo con la baja y llevo viernes y nada y hoy llamo y de tanto insistir me tienden y me disen q estoy dada de alta desdes el dia 13 de abril y sin yo saberlo xq no me avían mandado el correo de la alta y hoy tuve q acudir al centro de salud para pedir una explicación de xq me vieron el alta sin aver revisado xq yo no encuentro todavía bien y además estoy con infección y me dijeron q ellos no saben nada y quiero saber q puedo aser xq la empresa me quiere despedir x incumplimiento de trabajo xq yo tenía q entar el día 14 de abril y estoy preocupada xq tengo 3niños pequeños y solo es mi sueldo q entra en casa y no quiero quedarme sin ingresos me podrías ayudar gracias
Hola, Verónica, ante el caso que comentas lo mejor es que hagas la consulta con un asesor laboral especializado. Puedes informarte de tus derechos laborales en CCOO a través del teléfono gratuito 900 301 000, de lunes a viernes de 9 a 19 horas, y sábados y domingos de 10 a 14 horas; o con RUGE y UGT en el teléfono 669 763 172 por whatsapp o telegram. Saludos.
hola buenas me llamo Jesus, se me a dado la baja poe estar en el grupo de riesgo, hace una semana me dieron el parte por via email, pero ayer se negaron obligandome a ir al Centro de Salud a buscarlo, a lo cual presente una reclamacion, pues considero que estando dentro del grupo de riesgo es una irresponsabilidad hacerme ir al Centro, el director de dicho Centro se me encaro y de malas maneras me dijo que no estaban obligados a hacerlo por email, es eso cierto??????
Hola, Jesús, si tu estado de salud no te permite acudir al centro de salud a buscar el parte de baja, te recomendamos que contactes con el teléfono del coronavirus de tu Comunidad Autónoma, donde podrán informarte del procedimiento a seguir en tu caso. Saludos.
[…] crisis del COVID19 en nuestro país ha obligado a las autoridades a tomar decisiones drásticas para evitar la […]
Buenas tardes. He estado de baja medica con sintomas leves se coronavirus, he hablado con mi medico por telefono practicamente todos los dias hasta que me dieron el alta. Me he incorporado al trabajo y mi jefe me dijo que en mi parte de baja pone “enfermedad comun” lo que supone que los primeros 4 dias no me paga nada y luego me paga solo el 60%,salvo que llame a mi medico para que me modifique el parte de baja. He llamado otra vez al centro medico y mi doctor me dijo que en caso del coronavirus se pone enfermedad comun en el parte de baja y tiene que pagarme el 75% de mi sueldo. No se quien tiene razon y quien no y no se como actuar en este caso. Si me pueden ayudar. Gracias
Hola, Maria. La contingencia siempre será Enfermedad Común. Te recomendamos que, para estar segura de tus derechos, acudas a un asesor laboral. Recuerda de CCOO ofrece asesoramiento gratuito para consultas relacionadas con los derechos laborales en la crisis del coronavirus. Puedes contactar con ellos a través del teléfono gratuito 900 301 000 de lunes a viernes de 9 a 19 horas y sábados y domingos de 10:00 a 14:00 horas. También puedes contactar a través del correo electrónico coronavirus@ccoo.es. Saludos.
Tengo problemas de coronarias el médico me dio la baja .cuánto tiempo debo de estar si soy paciente vulnerable.
Hola, Manuel. Corresponde al Servicio de Salud dar tanto la baja como el alta, por lo tanto, puedes ponerte en contacto con tu centro de salud o bien llamar al teléfono del coronavirus de tu Comunidad Autónoma para exponer tu caso y seguir las indicaciones de los servicios sanitarios. Saludos.
Soy trabajadora de un autónomo. Desde el 23/3/20 estoy de baja laboral por posible covid. Hasta el momento no he percibido nada. La lavandería depende de clientes que están cerrados desde el estado de alarma, por lo que está cerrada. La mutua nos dice que esto es cosa de la empresa. La seguridad social nada de nada. Hemos mandado a través de correo la baja y sus correspondientes partes de confirmación a la gestoria. Quien se hace cargo de mi prestación?
Hola, Mercedes. Para conocer tus derechos, te recomendamos que consultes con CCOO en el teléfono gratuito 900 301 000, de lunes a viernes de 9 a 19 horas, y sábados y domingos de 10 a 14 horas; o con RUGE y UGT en el teléfono 669 763 172 por whatsapp o telegram. Ánimo y saludos.
Hola que tal. Me llamo jose raul y mi mujer la medica de cabecera la ha dicho que puede ser coronavirus por consiguiente nos ha puesto en cuarentena a mi mujer mi hija y a mi. Mi pregunta es: cobraria yo las prestaciones del 75% por coronavirus. Un saludo
Hola, José Raul. Si tu médico de cabecera te da la baja por este motivo, la manera de proceder y de cobrar es similar a si estuvieras de baja por un accidente laboral. Todo lo que debes hacer es remitir los partes de baja a la empresa, y el parte de alta cuando lo tengas. Desde el día siguiente a tu baja, la Seguridad Social te paga el 75 % de la base reguladora de tu salario. Lo normal es cobrar el último día hábil del mes, pero en estos momentos la Seguridad Social se encuentra en una situación de saturación y puede que se retrasen algunos pagos. Saludos.
Buenos días.
Mi empresa solicito el día 19 de marzo un erte y el 24 entré en el hospital por coronavirus estando 24 días ingresado y a fecha de hoy sigo de baja , quién me paga? Mi empresa me ha dicho que estoy de arte y que no entro por la Seguridad Social
Hola, Julian. Los periodos de aislamiento y de contagio de la enfermedad se consideran situaciones asimiladas a accidente de trabajo. Tanto la baja, como los partes de confirmación y alta, deben expedirse por el Servicio Público de Salud. Puedes trasladar la consulta a CCOO en el teléfono gratuito 900 301 000 o a través del correo electrónico coronavirus@ccoo.es. Saludos.
Estoy de baja desde 02/04 por V01.79: Contacto/exposición a otras enfermedades víricas (Coronavirus diferentes a SARS Cov) y 4019 hipertension arterial. Mi empresa me ha paga como IT, y por más que les reclamos no hacen caso, es más me han dicho que van a despedir. Se que eso es ilegal y por lo que he averiguado yo pasaría a pago directo por la mutua. Pero la duda que se me plantea en este caso, el tiempo que cobre de la mutua se me restara luego del tiempo al que tengo derecho a paro o no al ser algo excepcional. Se les ha dado el caso. Gracias de antemano por su ayuda
Hola, Delia. Nuestro consejo es que contactes con CCOO en el teléfono gratuito 900 301 000 o a través del correo electrónico coronavirus@ccoo.es y les expliques exactamente cuál es tu situación, ellos te podrán dar la información necesaria para saber qué puedes hacer. Saludos.
Hola, estoy de baja por alto riego al contagio de cornavirus, mi empresa quiere que pida el alta voluntaria para que vuelva a trabajar, que pasaría si lo hiciese, y ademas me dicen que cuando vuelva me van a reducir el contrato de 6 a 4 horas, eso es posible, es legal. Gracias por la ayuda que nos dan sin ustedes andaríamos muy perdidos.
Hola, Antía. La baja, partes de confirmación y de alta corresponden al Servicio Público de Salud, no a la mutua. Te recomendamos consultar con un asesor laboral sobre tu situación. Tienes a tu disposición el teléfono gratuito de CCOO 900 301 000, de lunes a viernes de 9 a 19 horas, y sábados y domingos de 10 a 14 horas; o puedes contactar con RUGE y UGT en el teléfono 669 763 172 por whatsapp o telegram. Saludos.
Yo tengo epoc y riesgos laborables en mi empresa no me ha contestado para coger la baja por riesgo que hago mi médico dice que me la tiene que dar la mutua que hago
Hola, Fina. Corresponde al Servicio de Salud dar tanto la baja como el alta, por lo tanto, puedes ponerte en contacto con tu centro de salud o bien llamar al teléfono del coronavirus de tu Comunidad Autónoma para exponer tu caso y seguir las indicaciones de los servicios sanitarios. Saludos.
Hola me llamo V.Manuel la mutua de mi trabajo me a concedido la baja por ser paciente de máximo riesgo por una patología. Mi pregunta es quién me abona la nómina?que tanto por%? Y cuando? Gracias
Hola, V.Manuel. La solicitud de la prestación por incapacidad temporal debida a una baja por coronavirus, se gestiona como cualquier otra, con la única salvedad que no es necesario que hayas cotizado 180 días en los cinco años previos. Respecto a la cuantía pagada es la misma que cuando se trata de accidente de trabajo (75% de la base reguladora). Saludos.
Hola buenos dias, me dieron de baja por ser persona de riesgo el 17 de abril con informe de riesgos laborales. ..Después de tres semanas me llamo el médico de la seguridad social diciendo que estaban recibiendo anexos ( José se de riesgos laborales o de la seguridad social) diciéndome que tenía que darme el alta..cuanto tiempo puedo estar de baja siendo de riesgo con infarto y derrame pleural ( hace ya unos años que me dio pero sigo con medicación desde el primer día)
Hola Jesús. Puedes consultar mayor información sobre la incorporación a su puesto de trabajo de personas especialmente vulnerables ante el COVID-19 en el enlace anterior. Adicionalmente, puedes contactar también con la Asociación del Defensor del Paciente (Adepa) y exponerles tu caso. Saludos.
Hola,estoy de baja por bronquitis aguda…hoy.me llaman del consultorio y.me dicen que.mi baja.pasa a sospecha de covid 19….que.ocurre ahora?
Hola, Silvia. Puedes contactar y exponer tu caso a la Asociación del Defensor del Paciente (Adepa). Saludos.
Buenas noches.
Mi pareja y yo tenemos dos niños (1,5-4,5 años) el mayor padece bronquitis cronica y sufre broncoespasmos (se le cierran los bronquios) la pediatra nos hizo un informe recomendando aislamiento estricto para los cuatro (lo seguimos a rajatabla) hasta ahora con ese informe no nos habian puesto pegas en los trabajos (personal laboral ayuntamiento) pero ahora desde rrhh nos piden que cojamos la baja a traves del medico de cabecera. Nuestros medicos, al no estar enfermos, no nos la dan… Hay alguna figura que nos ampare? No podemos permitirnos traer el virus a casa. Nuestro hijo con año y medio estuvo un mes en uci en coma inducido y el año pasado tna semana en la uci por una bronquitis. Ayuda, por favor.
Hola, Carolina. Te recomendamos trasladar la consulta a un asesor laboral especializado. Puedes informarte de tus derechos laborales en CCOO a través del teléfono gratuito 900 301 000, de lunes a viernes de 9 a 19 horas, y sábados y domingos de 10 a 14 horas; o con RUGE y UGT en el teléfono 669 763 172 por whatsapp o telegram. Puedes contactar también con la Asociación del Defensor del Paciente (Adepa) y exponerles tu caso. Saludos.
Hola mi marido a estado de baja 15 días por posible covid su jefe le dio de baja sin enterarse el se a enterado el ahora y dice k es por el covid porque no le an echo la prueba y el no tiene síntomas ni nada ya ,su contrato era temporar encima era trabajo de oblas de viviendas estuvieron parados un mes o casi antes k se pusiera malo le pago semanas no trabajadas ahora no le paga el despido ni días trabajados y encima lo a mandado a la seguridad social a k la baja de esos días le pagen la seguridad social ,.esto se puede hacer ??? Este mes no tengo ayuda ni va a cobrar ni yo como voy a comer y a pagar alquiler y Luz etc asido de relepemte ni siquiera le dijo daba de baja se a enterado por el mensaje le a llegado
Hola, Estefanía. Te recomendamos que expongas tu caso a un asesor laboral lo antes posible. Recuerda de CCOO ofrece asesoramiento gratuito para consultas relacionadas con los derechos laborales en la crisis del coronavirus. Puedes contactar con ellos a través del teléfono gratuito 900 301 000 de lunes a viernes de 9 a 19 horas y sábados y domingos de 10:00 a 14:00 horas. También puedes contactar a través del correo electrónico coronavirus@ccoo.es. Para atender a las necesidades más inmediatas que comentas puedes llamar entretanto al teléfono de atención a la ciudadanía de la Seguridad Social, el 900 81 24 00, para exponer tu caso y saber si te puede corresponder algún tipo de prestación. Este artículo sobre la ayuda familiar también te puede interesar. Aquí te explicamos cuáles son los requisitos para solicitarla y, si los cumples, cómo tienes que hacerlo. Debes saber por otro lado, que aquellos inquilinos que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica debido al coronavirus pueden solicitar la moratoria o condonación del alquiler a su arrendador hasta el 2 de julio, según establece el Real Decreto-ley 16/2020 que ha ampliado este plazo tres meses más. Para ello se ha de acompañar la documentación que acredite su situación de necesidad.Te aconsejamos también que acudas a los Servicios Sociales de tu ayuntamiento, Saludos.
Hola,soy auxiliar de enfermería,me hicieron la prueba del covid el 28 de marzo y di negativo.Me dijeron que esperara a que me llamara inspección,aún sigo esperando…Ya son muchos días no?y tampoco se lo que voy a cobrar..??gracias y saludos.
Hola, Maria. Te recomendamos que consultes con CCOO en el teléfono gratuito 900 301 000, de lunes a viernes de 9 a 19 horas, y sábados y domingos de 10 a 14 horas; o con RUGE y UGT en el teléfono 669 763 172 por whatsapp o telegram. Ánimo y saludos.
Hola,soy auxiliar de enfermería,me hicieron la prueba del covid el 28 de abril y di negativo.Me dijeron que esperara a que me llamara inspección,aún sigo esperando…Ya son muchos días no?y tampoco se lo que voy a cobrar..??gracias y saludos.
Hola, Maria. Te recomendamos que consultes con CCOO en el teléfono gratuito 900 301 000, de lunes a viernes de 9 a 19 horas, y sábados y domingos de 10 a 14 horas; o con RUGE y UGT en el teléfono 669 763 172 por whatsapp o telegram. Ánimo y saludos.
buenos dias
empresa donde yo trabajo esta en ERTE desde 16.03.2020 en dia 30.03.2020 me han dado de baja por sospecha de coronavirus con codico de enfermedad Z20828 hasta dia de 05.05.2020. quiero saber …y mi empresa estaba en ERTE(yo tambien)…como y quien me va a pagar baja …hasta dia de hoy desde 16.03- 30.04 yo ha cobrado 840 e lo mismo como han cobrado mis compañeros de trabajo que han trabajado en esta temporada. en mi cuenta de SEPE donde ha podido entrar despues de dos meses no es apuntada ni un dia de baja . mi prestacion es igual con de mis compañeros de trabajo que han trabajado. que debe de hacer …donde debe de ir…para aclarar mi situacion . Gracias
Hola, Adriana. Puedes consultar en el SEPE-Servicio Público de Empleo Estatal o bien llamar llamar al teléfono de atención a la ciudadanía de la Seguridad Social, el 900 81 24 00, para exponer tu caso. Así mismo, puedes consultar con CCOO en el teléfono gratuito 900 301 000, de lunes a viernes de 9 a 19 horas, y sábados y domingos de 10 a 14 horas; o con RUGE y UGT en el teléfono 669 763 172 por whatsapp o telegram. Saludos.
Buenos días,
Hasta cuando dura el periodo de it por ser persona de riesgo? En el trabajo mi jefe me dice que hasta que me dé el alta el medico de cabecera y el médico de cabecera hasta que mi empresa me avise para incorporarme…. vamos que uno por otros no me aclaro mucho….
Gracias!
Hola, Mariola. Según instrucciones aclaratorias de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, serán los médicos de los Servicios Públicos de Salud los que emitan los partes de baja y alta en todos los casos de afectación por coronavirus (conforme a los códigos de la CIE9MC y a la CIE10ES consensuados para ello), tanto en aquellas situaciones de aislamiento como de enfermedad, y a todos los trabajadores que pudieran necesitarlo, tanto para el personal sanitario como para el resto de trabajadores. Para mayor detalle desde este enlace se pueden consultar teléfonos o hacer uso de formularios de contacto con el Ministerio. Saludos.
Hola, tengo un bebe de un mes y una semana y me hacen volver a trabajar (trabajo en un colegio) expuesta al covid-19 y poder cogerlo y contagiarlo a mi bebé. La pediatra nos ha dicho del peligro si el bebé se contagiase ya que su sistema respiratorio no está maduro aun..por lo que querría saber la posibilidad de coger una baja por riesgo al contagio..
Hola, Ana. Te recomendamos que expongas tu caso a un asesor laboral lo antes posible. Recuerda de CCOO ofrece asesoramiento gratuito para consultas relacionadas con los derechos laborales en la crisis del coronavirus. Puedes contactar con ellos a través del teléfono gratuito 900 301 000 de lunes a viernes de 9 a 19 horas y sábados y domingos de 10:00 a 14:00 horas. También puedes contactar a través del correo electrónico coronavirus@ccoo.es. Adicionalmente, puedes contactar también con la Asociación del Defensor del Paciente (Adepa) y exponerles tu caso.Saludos.
Saludos. Tengo diabetes y la empresa en la que estaba me comentó que hablara con mi doctora para que me diera de baja por enfermedad por ser persona de riesgo. Tenía un contrato temporal que finalizó semanas después. Mi duda es que en este momento estoy cobrando desde la mutua hasta finalizar el estado de alarma. Que tipo de ayudas tendría o si podré acogerme al paro. Muchas gracias
Hola, Abel. Dado el elevado número de consultas recibidas nuestra respuesta llega en una fecha posterior a la que indicas. Esperamos se haya resuelto satisfactoriamente tu situación. Puedes consultar con el SEPE para mayor información. Saludos
Buenas tardes estuve 28 días de baja por posible covid,no me hicieron ningún test después de llevar un mes incorporada a mi puesto de trabajo me han despedido disciplinarianente por el motivo de haber alargado mi baja.Se podría declarar mi despido nulo?
Hola, María del Carmen. Es conveniente que contactes con un asesor o abogado laboralista que pueda indicarte e iniciar los pasos adecuados en tu caso. CCOO habilitó durante el Estado de Alarma el teléfono gratuito 900 301 000, de lunes a viernes de 9 a 19 horas, y sábados y domingos de 10 a 14 horas; opcionalmente puedes contactar con RUGE y UGT en el teléfono 669 763 172 por whatsapp o telegram. Suerte
Me salieron los sintomas de covid me dieron la baja 14 dias
Al segundo dia de baja me hicieron el pcr y salio negarivo cuando pasaron 11 dias de la baja
Me comento la doctora que aguantaría la baja para asegurar
Durante estos tres dias como di negativo sali a la calle a pasear en mi horario comprar el pan tirar basura
La empressa me ha puesto un detective privado y dice que habre expdiente disciplinario muy grabe con despido despues que tengo 10dias para alegaciones
Hola, Saturnino. Esperamos que un asesor laboral haya resuelto satisfactoriamente las alegaciones a aportar, teniendo en cuenta la propia sugerencia de tu doctora.Saludos
Si mi cuarentena dura hasta el 10 de junio yo puedo salir a trabajar ese día o tengo que salir el día 11
Hola, Ana María. Dado el elevado número de consultas, nuestra respuesta llega en tu caso en una fecha posterior a la que citas. Esperamos hayas resuelto satisfactoriamente tu reincorporación. Saludos
Buenas,
Soy trabajador de riesgo, por problemas cardíacos, he enviado hoy dos informes a riesgos laborales de mi empresa de mi cardiólogo y médico de cabecera donde exponen que soy de alto riesgo para el covid19, trabajo de profesor de autoescuela donde no se puede mantener la distancia de seguridad al estar en un vehículo durante horas, tendré derecho a una baja si no me pueden cambiar el puesto de trabajo?
Es que he leído muchas cosas y ya no se, me gustaría tenerlo un poco más claro, porque mi empresa me reclama para trabajar para el día 22 de junio, muchas gracias por todo
Hola, Sergi. Dado el elevado número de consultas al que estamos respondiendo durante este período, nuestra respuesta llegaría en tu caso en un período posterior al que indicas como posible incorporación a tu empresa. Nos consta no obstante que determinados territorios desde la Fase 2 de desescalada aplicaron un protocolo de actuación y protección, acordado por USO, CCOO, UGT así como la Confederación Nacional de Autoescuelas (CNAE) en la reapertura de su actividad, que en todo caso consideraba los vehículos como el punto más complicado a tratar dada la imposibilidad entre otras de respetar la recomendación más relevante de dejar una separación mínima de 2m, al tener que realizar el trabajo en un espacio reducido. Por ello se apelaba a garantizar una mayor protección, con medidas de seguridad más estrictas e incluso retrasar el retorno laboral de profesorado con riesgos hasta haber eliminado o controlado la pandemia. Esperamos tu caso se haya resuelto satisfactoriamente. Saludos
Buenos días.
Tenía pactadas con mi empresa las vacaciones para abril. En Marzo me dan baja médica por ser persona de alto riesgo, y no me dan el alta hasta el 14 de junio. Mi empresa me dice que esas vacaciones «las he perdido, porque estaba de baja, pero no era baja por enfermedad, sino por precaución». ¿Es esto cierto? Mi empresa estuvo en ERTE desde el 3 de abril hasta el 14 de junio.
Hola, Belén. Dado que no se estarían generando vacaciones durante el período en que los trabajadores están en ERTE por fuerza mayor o causas económicas, podrían disponerse de menos días de vacaciones respecto a un año en que se no se hubiera visto interrumpida el alta y se hubiera trabajado con plena normalidad. En tu caso, seguirías acumulando días de vacaciones, no perdiendo este derecho por haber estado de baja por incapacidad temporal. Existe jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea así como española en relación a la pérdida de vacaciones si coincide con una baja de incapacidad temporal. Para mayor información puedes consultar un asesor laboral o trasladar tu consulta a los espacios habilitados en la web del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Saludos
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