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Blog de IATI Seguros de vida
¿Qué hay que hacer para cobrar un seguro de vida?

¿Qué hay que hacer para cobrar un seguro de vida?

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Hay momentos en la vida en los que lo que menos te apetece es tener que mover papeles. Por ejemplo, si tu pareja ha fallecido o si has tenido un accidente -o una enfermedad- que te ha dejado en una situación de invalidez permanente y te impide volver a trabajar. Pero en estos dos casos, si eres beneficiario de un seguro de vida, hay algo que no debes dejar de hacer: reclamar lo que por ley te pertenece. En IATI, tu especialista en seguros de vida Asegúrate de ser el beneficiario de la póliza ¿Sabes que en España un 10% de los seguros de vida nunca se reclaman y, por lo tanto, no se llegan a cobrar? Son casos en los que los beneficiarios o los herederos legales de la persona fallecida desconocen la existencia de la póliza. Por ello, cuando fallece alguien cercano a ti, vale la pena que consultes el Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Para no correr el riesgo de quedarte sin lo que es tuyo. En este registro encontrarás la información que buscas: si la persona en cuestión tenía contratado un seguro de vida y con qué compañía. Si descubres que es así, que tenía una póliza con determinada aseguradora, puedes seguir adelante. Lo primero que debes tener claro es que eres el beneficiario de ese seguro de vida cuyo pago vas a solicitar. Si no tienes claros conceptos como beneficiario, tomador o asegurado, o nunca te has encontrado en esta situación y no sabes quién tiene que cobrar el seguro de vida, en el artículo «Beneficiario del seguro de vida, ¿quién cobra en caso de fallecimiento?» te lo explicamos todo al detalle. Una vez hayas comprobado que sí, que tú eres el beneficiario de ese seguro de vida, tienes que ponerte en contacto con la compañía aseguradora con la que se firmó la póliza. En IATI estaremos encantados de atenderte y ayudarte. Documentos que te va a pedir la aseguradora Tanto si es un seguro de vida IATI como si es de cualquier otra compañía o correduría de seguros, lo primero que te pediremos es que nos facilites el número de póliza del asegurado y tu nombre y DNI -o, en su defecto, el documento identificativo que tengas-, en calidad de beneficiario. En caso de querer hacer uso de las garantías de la póliza por una invalidez absoluta y permanente, te solicitaremos también: • Tu certificado de nacimiento. • El certificado médico que acredite la invalidez. • El documento de resolución de invalidez que emite el organismo oficial correspondiente. En caso de que se trate de un fallecimiento, los documentos que deberás tener a mano son: • El seguro de vida que contrató la persona fallecida. • Las actas de nacimiento y de defunción del asegurado. En caso de no disponer del acta de nacimiento, puede ser suficiente el DNI. • El certificado de matrimonio, si estabas casado con la persona fallecida. • El certificado de defunción del Registro Civil. • Si ha sido una muerte por accidente, los papeles que lo acrediten, como el atestado de la policía o la autopsia. • Los datos de los otros beneficiarios de la póliza, si los hay. • La liquidación y la carta del pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. En función de la aseguradora, es posible que te pidan algo más. Los impuestos que vas a tener que pagar Es importante tener en cuenta que, al cobrar un seguro de vida, el estado se queda con una parte del importe en concepto de recaudación de impuestos. Ya hemos mencionado el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que te puede llegar a causar problemas y es especialmente peliagudo, ya que tienes que liquidarlo para poder solicitar el pago del seguro de vida. Es decir, tienes que pagar antes de cobrar. En IATI queremos echarte un cable si te encuentras en esta complicada situación. Para ello, nuestras pólizas de vida cuentan con la opción de un anticipo para que puedas pagar el impuesto de sucesiones. También te ofrecemos un anticipo para cubrir los gastos del funeral. Este dinero te resultará de gran ayuda para no tener que endeudarte. Otro impuesto que deberás pagar, esta vez cuando hayas cobrado el dinero del seguro, es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En la declaración de la renta del año siguiente a la operación tendrás que declarar este ingreso y tributar por él. Toda la información sobre el cobro del seguro Si en casa tenéis vuestros seguros de vida con IATI, llámanos y te explicaremos detenidamente cómo funciona el proceso. Nos encontrarás en horario laboral en el número 900 100 966. También puedes consultar todos los detalles en las preguntas frecuentes de nuestra web. CALCULAR MI SEGURO

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Beneficiario del seguro de vida, ¿quién cobra en caso de fallecimiento?

Beneficiario del seguro de vida, ¿quién cobra en caso de fallecimiento?

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Beneficiario, tomador, asegurado… Seguro que has oído mil veces estas palabras, pero ¿sabes bien qué significan y cuáles son las diferencias entre estos conceptos? Si te estás planteando contratar un seguro de vida para proteger a tu familia, te conviene tenerlo claro. Desde IATI, te resolvemos las dudas en el siguiente artículo. Tomador, asegurado y beneficiario del seguro de vida Entre los aspectos clave a tener en cuenta a la hora de contratar un seguro de vida una de las más importantes es distinguir bien estos conceptos. El tomador del seguro es la persona que contrata el seguro de vida y asume las obligaciones vinculadas a ese contrato, como es el pago de la cuota. El asegurado es la persona física sobre la vida de la cual se estipula el seguro. Y, finalmente, el beneficiario es la persona o personas designadas por el tomador en la póliza que percibirán las indemnizaciones correspondientes a las cuantías determinadas en el seguro contratado. Designar al beneficiario del seguro de vida En el momento de contratar el seguro de vida, puedes designar a la persona o personas que quieras como beneficiarias, tengan o no relación de parentesco contigo o con la persona asegurada. El seguro de vida te va a garantizar un capital para cubrir la situación personal, familiar y estilo de vida ante una posible eventualidad que conlleve una incapacidad permanente y absoluta o el fallecimiento. Por eso, debes pensar bien a quién designar como beneficiario del seguro de vida, ya que disponer de ese capital va a permitir a esas personas disponer de un capital para suplir la pérdida de ingresos derivada del suceso. Debes saber que los beneficiarios pueden constar en la póliza de forma expresa, es decir, indicando su nombre y apellidos. Pero también es posible que aparezcan de forma genérica, indicando su relación de parentesco, por ejemplo hijos, cónyuge, sobrinos, etc. En este caso, por ejemplo, si se designa de forma genérica al cónyuge como beneficiario, percibirá el capital el cónyuge que tuviera el asegurado en el momento de contratar la póliza y no en el momento del fallecimiento. En caso de que se designe de forma genérica a los hijos como beneficiarios, todos los descendientes del asegurado con derecho a herencia recibirán el capital asegurado de forma proporcional. ¿Se puede cambiar al beneficiario de un seguro de vida? Como tomador puedes cambiar al beneficiario del seguro de vida en cualquier momento, sin necesidad de consentimiento de la persona asegurada. Solo tienes que contactar a IATI como tu compañía aseguradora y modificaremos los beneficiarios que nos indiques al momento. Es posible también hacerlo con una declaración escrita comunicada a la compañía después de la contratación del seguro o indicándolo de forma expresa en tu testamento. ¿Cómo se reparte el capital cuando hay varios beneficiarios del seguro de vida? En caso de que designes a varios beneficiarios en la póliza, el reparto del capital entre ellos se hará de forma proporcional, a no ser que hayas especificado otro tipo de reparto. La compañía aseguradora siempre abonará las cantidades correspondientes según el capital contratado a las personas designadas como beneficiarias de la póliza, que no tienen por qué coincidir con los herederos del fallecido. Por otra parte, si la designación se hace de forma genérica a favor de los herederos, debes tener en cuenta que la distribución no será proporcional, sino que cada uno de ellos recibirá el capital en proporción a la cuota de herencia que le corresponda, a no ser que indiques expresamente otra forma de reparto. ¿Quién cobra el seguro de vida cuando no se designa a un beneficiario? Lo más habitual es que el tomador designe a uno o varios beneficiarios, ya sea de forma expresa o genérica. Si no es así, ¿quién cobra el seguro de vida cuando no se designa a un beneficiario? En este caso, según la legislación, es el tomador del seguro el que cobraría la indemnización. Si la persona fallecida es la misma que contrató el seguro, el capital se incorporaría a la herencia, y el reparto se haría de la forma que corresponda entre sus herederos. Para averiguar si una persona tenía contratado un seguro de vida y si eres el posible beneficiario de la póliza, puedes consultar el Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento del Ministerio de Justicia. Una vez conocida la compañía aseguradora, dispones de un plazo de 5 años para reclamar el pago del capital en caso de ser el beneficiario. ¿Quién cobra el seguro de vida cuando el beneficiario fallece? En la circunstancia de que el beneficiario del seguro de vida haya fallecido, se considera que no hay beneficiario y por tanto el capital volvería al tomador del seguro, que podría designar otra persona como beneficiaria. En el supuesto en que asegurado y beneficiario fallezcan a la vez, el capital se incorpora al patrimonio del beneficiario y lo heredarán sus herederos. ¿Quién es el beneficiario del seguro de vida hipotecario? No es obligatorio contratar el seguro de vida hipotecario con el banco, pero si es tu caso, estás obligado a designar a la entidad bancaria como beneficiaria de la póliza. Debes saber, no obstante, que si en lugar de contratar la póliza con el banco lo haces con una aseguradora de confianza como IATI, puedes ahorrar hasta un 50% de la cuota del seguro de vida. Al contratar el seguro de vida con IATI, el banco solo cobrará la parte pendiente del préstamo y tus beneficiarios recibirán el resto del capital. Además, podrás contratar el seguro de vida de forma rápida, sencilla y 100 % online. CALCULAR MI SEGURO

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Quiero dar de baja mi seguro de vida en el banco, ¿cómo lo hago?

Quiero dar de baja mi seguro de vida en el banco, ¿cómo lo hago?

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Tengo un seguro de vida con el banco. Probablemente, vinculado a mi hipoteca (¿cierto?). He comparado precios y prestaciones y he decidido dar de baja mi seguro de vida en el banco y contratarlo con una correduría especializada, que me sale mejor y me da más buen rollo. Si este también es tu caso, pero no sabes cómo hacerlo, atento a este artículo. Como especialistas en seguros de vida, en IATI tenemos toda la información que necesitas. Por qué darte de baja de tu seguro de vida ahora Porque la ley hipotecaria ha acabado con la vinculación entre hipoteca y seguro de vida, y ahora es el momento ideal para darse de baja de esta póliza carísima que te había impuesto el banco y de contratar un seguro de vida barato pero que te ofrezca todas las garantías. Como los seguros de vida IATI. ¿Sabes que es probable que estés pagando un 48 % más por tu seguro de vida si lo tienes con el banco? Es la media de lo que las entidades bancarias cobran de más respecto a una correduría especializada. Vale la pena informarse y comparar, ¿verdad? Verás que siempre te saldrá mejor contratar tu seguro de vida con una aseguradora que con un banco. Y además, tendrás la confianza de que tu futuro y el de tu familia están en buenas manos. Ya sabemos que a veces los bancos no son muy de fiar. Cómo doy de baja el seguro de vida que tengo con el banco Si ya has decidido dar de baja tu seguro de vida, debes notificarlo a la entidad aseguradora, en este caso a tu banco, con un mínimo de 30 días de antelación respecto a la fecha de vencimiento o renovación. Con una excepción: si te suben el precio de la prima o te cambian las coberturas, tienes 15 días desde la fecha en la que te lo comunican para aceptar o rechazar las nuevas condiciones. Si las rechazas, se cancela la póliza. En teoría, puedes darte de baja por correo, por burofax, por teléfono o a través de la web, pero desde IATI te recomendamos que lo hagas por escrito y que guardes un justificante de la comunicación realizada. En el documento que envíes deben figurar estos datos: • tu nombre y apellidos (los del tomador de la póliza) • tu DNI • el número de la póliza que quieres dar de baja • la fecha en la que envías el documento • tu decisión de cancelar la póliza Una vez enviado el documento, el banco tiene que comunicarte su consentimiento para realizar la cancelación. Te pueden pedir que acredites la contratación de otro seguro de vida que sustituya al que estás cancelando y que incluya al banco como beneficiario, para no perder su garantía como entidad hipotecaria. Por ello, es importante que antes de empezar el proceso de cancelación hayas decidido con quién vas a contratar tu nuevo seguro de vida y hayas confirmado el tipo de póliza y las condiciones. 3 problemas que pueden surgir 1. Que tu banco se resista a perder tu póliza. Si la tienes vinculada a la hipoteca, no les avises con 30 días de tiempo, mejor con 60 días, ya que es posible que te pongan trabas, que tengas que luchar y que el proceso se alargue. 1. Que te digan que al dar de baja tu seguro de vida vinculado a la hipoteca, te tienen que penalizar con una subida del tipo de interés del préstamo hipotecario. Antes de ir a hablar con ellos, consulta el contrato de tu hipoteca para saber si incluye expresamente este concepto, si tu hipoteca es bonificada. Si no lo incluye, ¡no dejes que te tomen el pelo! Estas prácticas abusivas están prohibidas por la ley hipotecaria, a instancias de la Unión Europea, y no pueden aplicarte esa sanción. 1. Puedes tener problemas si simplemente dejas de pagar la cuota cuando vence el seguro. Esta es una práctica bastante extendida, y a veces funciona: al ver que has dejado de pagar, la entidad aseguradora te da de baja. Pero no te confíes: esta no es la manera correcta de proceder y te puede generar algunos dolores de cabeza, como recibir una carta en la que te reclaman el pago, que te denuncien o que te incluyan en las listas de morosos. Tu nueva póliza: seguros de vida IATI Ya estás buscando corredurías especializadas para cambiar el seguro de vida, ¿verdad? Te estarás preguntando cuánto cuesta un seguro de vida en una aseguradora. En nuestro caso, puedes contratar tu póliza desde 4,09 €/mes. Contacta con nosotros para decidir si te interesa, escoger el más adecuado y empezar el proceso de contratación, ¡puedes hacerlo en unos minutos y 100 % online! CALCULAR PRECIO AHORA

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¿Quién cobra el seguro de vida cuando no se designa un beneficiario?

¿Quién cobra el seguro de vida cuando no se designa un beneficiario?

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En IATI sabemos lo importante que es tener las cosas claras cuando se trata de proteger lo que más te importa. Entre los aspectos clave a tener en cuenta a la hora de contratar un seguro de vida, una de las preguntas más habituales es ¿quién cobra el capital del seguro de vida cuando no hay designado un beneficiario? ¿Quieres saber qué sucede en estos casos? Sigue leyendo y resolvemos todas tus dudas. Seguro de vida, sinónimo de ahorro y protección De los productos aseguradores que podemos encontrar en el mercado, quizá sea el seguro de vida el que te ofrece un mayor grado de tranquilidad, no solo al titular de la póliza, sino también a las personas beneficiarias. Así, en caso de producirse una posible eventualidad que conlleve una incapacidad permanente y absoluta e incluso el fallecimiento, el seguro de vida va a permitir al beneficiario disponer de un capital para suplir en buena parte la pérdida de ingresos derivada del suceso. Por tanto, se trata de un producto de protección ¿Quién es el beneficiario de un seguro de vida? Al hablar de seguros de vida, hay una serie de conceptos que en ocasiones pueden provocar confusión, como los que hacen referencia a las personas implicadas en la póliza: el tomador, el asegurado y el beneficiario. Debes saber que el tomador del seguro es la persona que asume las obligaciones del contrato, mientras que el asegurado es la persona física sobre la vida de la cual se estipula el seguro. En cuanto al beneficiario, es la persona designada por el tomador, que percibirá las indemnizaciones correspondientes a las cuantías determinadas en el seguro contratado. Así, en el momento de contratar un seguro de vida, podrás designar como beneficiario a quién tú decidas, sea una o más personas, que recibirán el capital asegurado. Como tomador del seguro, te comprometes a un pago periódico (anual, semestral, trimestral o mensual) de una prima (cantidad económica) a la vez que la compañía aseguradora, en caso de producirse la situación prevista en la cobertura, asume el pago del capital contratado a la persona o personas designadas como beneficiarios de la póliza. Es posible que pienses que los beneficiarios del seguro de vida son los herederos de la persona fallecida. Pues bien, debes saber que no siempre es así, pues es posible que se designe como beneficiarios a personas ajenas a la familia, por ejemplo. La compañía aseguradora siempre abonará las cantidades correspondientes según el capital contratado a las personas designadas como beneficiarias de la póliza, con independencia de los posibles herederos legítimos del fallecido y de las reclamaciones que éstos pudieran interponer. Por otra parte, el tomador puede modificar en cualquier momento la persona o personas beneficiarias de la póliza, sin necesidad de consentimiento de la persona asegurada. Para hacerlo, se puede incluir tanto en la póliza del seguro como en una declaración escrita comunicada al asegurador después de la contratación del seguro, así como incluyendo esta información en el testamento. También es posible en cualquier momento revocar la designación de un beneficiario. En caso de incluir a varios beneficiarios, el capital asegurado se repartirá a partes iguales entre todos ellos, a no ser que el tomador haya establecido algún otro tipo de reparto de las cantidades. ¿Quién cobra el seguro de vida cuando no se designa un beneficiario? Es posible que la póliza del seguro de vida no concrete el nombre del beneficiario, aunque si se da esta circunstancia es posible que se indique la designación de la persona o personas beneficiarias a partir de una serie de reglas. Por ejemplo, habitualmente se establece que los beneficiarios sean, en orden preferente y excluyente, el cónyuge, los hijos y los herederos del asegurado. Pero, ¿qué pasa si la póliza no designa específicamente a un beneficiario ni tampoco determina las reglas para su designación? En este caso, según la legislación, el capital pasaría a formar parte del patrimonio del tomador. Si te preguntas si es posible averiguar si una persona tenía contratado un seguro de vida, debes saber que el Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento es un registro público dependiente del Ministerio de Justicia que tiene como objetivo facilitar la información relativa a la contratación del seguro, así como la compañía con la que está suscrito. Una vez conocida la correduría de seguros, el beneficiario dispone de un plazo de 5 años para reclamar el pago del capital. Beneficiarios del seguro de vida hipotecario En el caso de suscribir un seguro de vida vinculado a un préstamo hipotecario, debes designar a la entidad bancaria como beneficiaria de la póliza, aunque ya no es obligatorio contratar el seguro de vida hipotecario con el banco. De hecho, puedes ahorrar hasta un 50% de la cuota del seguro de vida a la hora de contratar seguro vida hipotecario con una correduría de confianza como IATI. De esta forma, te aseguras de que el banco cobrará únicamente la parte pendiente del préstamo, mientras que el resto del capital irá a las personas designadas como beneficiarias de la póliza. Contacta con IATI e infórmate de las modalidades de seguros de vida IATI que te ofrece desde 4,09 € al mes. Y recuerda, puedes contratar seguro vida on line, sin pruebas médicas ni trámites innecesarios.

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¿Puedo tener más de un seguro de vida?

¿Puedo tener más de un seguro de vida?

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Si te estás planteando contratar un seguro de vida puede que tengas muchas dudas que te ronden por la cabeza. Una de las más habituales es si es posible contratar más de un seguro de vida. Si este es tu caso, debes saber que puedes contratar tantos seguros de vida como quieras, pero antes hay una serie de cuestiones a tener en cuenta a la hora de contratar un seguro de vida. Sigue leyendo y te contamos todo lo que necesitas saber. ¿Cómo funciona un seguro de vida? Un seguro de vida es un producto de ahorro y protección que va a darte a ti y a los tuyos la tranquilidad necesaria ante situaciones imprevistas. Según un informe reciente de la Asociación Empresarial del Seguro en España (UNESPA), la edad más habitual de fallecimiento entre las personas que cuentan con una deuda pendiente son los 56 años. Te sorprenderá saber también que el 20 % de las personas con deudas que fallecen lo hacen antes de los 46 años. Además, cuatro de cada diez personas que cuentan con un seguro de vida hacen uso de él en los primeros cinco años de aseguramiento. Como ves, estas cifras demuestran la importancia de estar protegido ante posibles eventualidades. Pero el seguro de vida no solo te cubre ante la fatalidad de una muerte prematura, también lo hace en caso, por ejemplo, de que un accidente o una enfermedad derive en una invalidez permanente y absoluta. El seguro de vida garantiza que tú y tu familia vais a disponer de un capital económico suficiente para poder afrontar los gastos del día a día, aunque por alguna de estas circunstancias dejes de percibir el salario que generas tú mismo. De esta forma, las personas que tú designes en la póliza, llegado el momento, percibirán el capital previamente contratado y podrán seguir adelante con sus vidas de la mejor forma posible. ¿Qué capital contratar en un seguro de vida? El capital a contratar en un seguro de vida dependerá de tu situación personal. En IATI recomendamos la contratación de un capital equivalente al triple de tu salario bruto anual. De esta forma, te aseguras contar con el respaldo económico suficiente para afrontar cualquiera de estas eventualidades. En caso de contratar varios seguros de vida, cada uno tendrá sus propias condiciones, de forma que puedes establecer diferentes capitales en función de tus necesidades. Contacta con IATI si tienes dudas y te asesoramos sobre la mejor opción en función de tus circunstancias. ¿Cuál es el mejor seguro de vida? No cabe duda de que el mejor seguro de vida es el que mejor se ajusta a tus necesidades. En IATI contamos con diferentes soluciones para tus intereses. A diferencia de otros seguros tradicionales, en IATI Vida nos centramos en lo que realmente necesitas. Analizamos tu situación personal y te recomendamos el capital ideal que deberías contratar en tu seguro de vida, asegurando que tengas la protección adecuada, sin pagar de más. Proteger a tu familia, tu hogar o tu futuro económico ya no tiene por qué ser complicado. Con IATI Vida puedes contratar un seguro de vida online rápido, seguro y adaptado a ti, estés donde estés. ¿Por qué contratar más de un seguro de vida? Contratando más de un seguro de vida tienes varias ventajas, la primera es un mayor grado de seguridad y protección. Te cubres ante cualquier circunstancia, sea cual sea tu estilo de vida. Así, puedes dar de alta el mismo tipo de producto designando en cada una de las pólizas a distintos beneficiarios. O, si lo prefieres, puedes contratar diferentes tipos de seguro de vida con los mismos o con distintos beneficiarios. En caso de que designes a las mismas personas como beneficiarias de las distintas pólizas, esas personas recibirán la suma total de los capitales establecidos en las distintas pólizas para cada una de ellas, de forma que el capital se incrementa significativamente. Si son diferentes beneficiarios, cada uno recibirá su parte del capital según lo establecido en la póliza. Así, contratar más de un seguro de vida te asegura una protección total ante cualquier eventualidad futura que pudiera suceder, tanto para ti como para tus personas más allegadas. Eso sí, asegúrate que cada una de estas personas están al corriente de los seguros en que son designadas como beneficiarias para facilitarles el papeleo posterior, llegado el caso, así como que conozcan los servicios adicionales que ofrece IATI, como el asesoramiento psicológico o el anticipo de capital. Te sorprenderá saber lo barato que resulta contratar un seguro de vida con IATI, puedes comprobarlo tú mismo con nuestro simulador de seguros de vida online. Además, puedes contratar seguro vida barato de forma rápida y fácil, a través de nuestra web, sin pruebas ni trámites innecesarios. ¡Estar protegido nunca ha sido tan fácil!.

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El seguro de vida hipotecario, salvavidas de la economía familiar en caso de fallecimiento

El seguro de vida hipotecario, salvavidas de la economía familiar en caso de fallecimiento

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¿Sabías que en España hay 3,8 millones de personas hipotecadas que cuentan con un seguro de vida? ¿Y que los seguros de vida saldan 4.700 hipotecas al año en familias donde se produce el fallecimiento de uno de los titulares? Son algunos de los datos recogidos por el informe ‘La fatalidad, en el peor momento. Prestaciones del seguro de vida relacionadas con hipotecas’, elaborado por la Asociación Empresarial del Seguro en España UNESPA a partir de datos recopilados de 22 entidades aseguradoras. Los datos del informe no dejan lugar a dudas: el seguro de vida hipotecario es un producto clave para proteger el patrimonio familiar. Y es que cada año alrededor de 6.500 familias se enfrentan a la difícil situación de sufrir un fallecimiento o una enfermedad grave que compromete su capacidad para hacer frente al abono del préstamo hipotecario. Imaginémonos el impacto económico que puede suponer para las familias con hijos a cargo e hipoteca la pérdida de una parte importante de los ingresos mensuales al fallecer uno de los progenitores. Si se cuenta con el respaldo de un buen seguro de vida Edad más habitual de fallecimiento entre las personas con deudas pendientes Según el informe, la edad más habitual de fallecimiento entre las personas que cuentan con una deuda pendiente son los 56 años, aunque tampoco son raros los fallecimientos a edades más tempranas, tal y como se desprende de los datos del estudio. De hecho, el 20 % de las personas con deudas que fallecen lo hacen antes de los 46 años y el 75 % cuenta con menos de 60 años en el momento del perecer. Unos datos que demuestra la importancia de este tipo de producto para salvaguardar la economía familiar en caso de una posible eventualidad. Por otra parte, el informe analiza el plazo de tiempo que transcurre entre que se contrata el seguro de vida vinculado la hipoteca y el momento en que se produce el fallecimiento de la persona asegurada. De media, transcurren 11,3 años desde el momento de contratación hasta el deceso, lo que significa que las familias que tienen el infortunio de tener que usar el seguro de vida ligado a su hipoteca para hacer frente, parcial o totalmente, al pago del préstamo pendiente, lo hacen aproximadamente una década después de haber comenzado a pagar el préstamo. Es significativo señalar que casi en un 40 % de los casos el fallecimiento se produce en los primeros cinco años de aseguramiento, es decir, cuando seguía pendiente prácticamente toda la deuda, un dato más que confirma el valor de este producto para hacer frente a las situaciones derivadas de fallecimientos prematuros e inesperados. El informe apunta también que uno de cada tres asegurados fallecidos llevaba un máximo de cuatro años con el seguro en vigor, y la mitad llevaba menos de nueve años. La comunidad autónoma donde la permanencia media es más elevada es Cantabria, que supera los 25 años, seguida de Madrid y el Principado de Asturias, con 18 y 17 años, respectivamente. Por otro lado, los territorios donde el periodo medio es menor son Baleares (6 años), Ceuta y Navarra, con 7 años cada una. Prestaciones del seguro de vida hipotecario En cuanto a las prestaciones, según los datos recogidos por el informe entre los meses de junio de 2017 y mayo de 2018, la prestación media entregada por la compañía aseguradora alcanza los 34.783 euros. El estudio muestra que uno de cada 20 fallecimientos cubiertos por seguros ligados a hipoteca está por encima de los 110.000 euros y uno de cada 10 supera los 80.000. En este período se llegaron a pagar prestaciones de más de 324.000 euros. Por edades, los fallecidos entre 36 y 45 años son los que perciben prestaciones más elevadas. Por ciudades, Madrid, Barcelona, Sevilla y Valencia agrupan una de cada cinco muertes de personas con hipoteca y seguro. A la cabeza de la lista de las ciudades con indemnizaciones más altas se encuentra Marbella (Málaga), donde el seguro de vida pagó 93.136 euros de media a los familiares del fallecido. En segundo puesto aparece San Sebastián (Guipúzcoa), con 76.607 euros. Contratar el seguro de vida hipotecario, más barato con una aseguradora Son innegables las ventajas de contratar un seguro de vida vinculado al préstamo hipotecario, ya que, como hemos visto, la fatalidad puede presentarse en cualquier momento. Para muchas personas, el fallecimiento se produce de forma prematura y puede poner en jaque a la economía familiar, por lo que resulta altamente recomendable contratar un seguro de vida que libere a la familia, al menos parcialmente, de la carga hipotecaria. Quizá aún te estés planteando si es mejor contratar el seguro de vida con el banco o con una asseguradora. Si este es tu caso, debes tener en cuenta que, gracias a la nueva ley hipotecaria, ya no es obligatorio contratar el seguro de vida con el banco donde se firma el crédito hipotecario, sino que eres libre de hacerlo a través de una correduría de confianza como IATI, que te ofrece productos de protección con la mejor relación calidad-precio, adaptados a tu situación personal y familiar. Para ello, solamente debes designar a la entidad bancaria como beneficiaria principal de la póliza, de forma que llegado el momento el banco cobraría únicamente la parte pendiente del préstamo, mientras que el resto del capital irá a las personas que tu designes como beneficiarias de la póliza. Seguro de vida IATI Vida, la mejor protección para la economía familiar Como hemos visto, contratar un seguro de vida adaptado a tu situación familiar va a ofrecerte a ti y a los tuyos la protección y tranquilidad necesarias para hacer frente a un suceso inesperado. El seguro IATI Vida es el seguro de vida más recomendado para familias que cuentan con un préstamo hipotecario y tienen hijos a cargo, ya que, llegado el momento, garantiza un capital suficiente para asumir el pago de la hipoteca e incluso los estudios futuros de los hijos, de forma que tu familia podrá seguir adelante con su vida de la mejor manera posible. Además, el seguro de vida IATI Vida es un seguro vida barato que ofrece la mejor relación calidad-precio. El precio del seguro vida dependerá de tu situación personal y de las coberturas que contrates. No lo dudes más y asegura la tranquilidad de tu familia con un seguro de vida barato como IATI Vida. Puedes contratar seguro de vida 100 % online, en tan solo 2 minutos, sin llamadas ni trámites innecesarios y además sin pruebas médicas. Te recomendamos el capital más adecuado que deberías contratar en tu seguro de vida en función de tu situación personal y tus necesidades. Si aún no lo tienes claro, no dudes en contactar con IATI, estaremos encantados de ayudarte.

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